Primero, los ad honorem, sin discriminación ni demagogia. Sobre el proyecto de cupo trans docente y de obra social gratuita para estudiantes y graduados trans presentado en FFyL UBA

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Apenas salió el decreto 721/2020 de cupo trans la dirección de la AGD comunicó su decisión de lanzar una campaña por el cumplimiento del cupo trans en la Universidad. Sin embargo, dicho decreto rige para el Sector Público Nacional, en los términos del artículo 8° de la Ley N° 24.156 (Administración Central y los Organismos Descentralizados), lo que excluye las universidades. En la medida que el cupo del 1% establecido para administración pública nacional se muestra en principio suficiente para resolver el problema de la inserción laboral trans en el país, no hay ninguna necesidad de ampliar ese cupo al ámbito docente de las universidades, más cuando aquí tenemos el problema de los ad honorem. Con esto no queremos señalar que los docentes trans no puedan tener problemas en la universidad, sino que ellos son de carácter general y requieren respuestas generales: renta para los ad honorem, cumplimiento del CCT para terminar con la precarización laboral en la UBA, rechazo de toda discriminación. La política contraria implica un particularismo que rompe la unidad de los docentes y violenta el criterio histórico del gremio según el cual las rentas a los ad honorem se deben adjudicar por orden de antigüedad en el cargo.

En la Facultad de Filosofía y Letras, la Comisión directiva de la AGD-UBA ha impulsado un proyecto de cupo trans que no es más que demagogia seudo progresista, en tanto coloca en condiciones de inferioridad a los docentes ad honorem que llevan años trabajando gratis en espera de su renta, además de otras consideraciones difíciles de aceptar. Este proyecto fue elevado a Consejo Directivo de la Facultad sin contar con la aprobación en asamblea de los docentes de la Facultad, lo que contraría un mandato asambleario previo (punto 5, asamblea FFyL UBA 22/10). Más allá de este incumplimiento de lo votado en la Asamblea de Filosofía y Letras el proyecto avanza sobre aspectos que conciernen al conjunto de los docentes UBA sin haberlos consultado, como es el caso del uso de los recursos de nuestra obra social.

Los puntos centrales del proyecto plantean:

1. Que se les adjudique en forma inmediata renta a los docentes ad honorem de la Cátedra Libre de Estudios Trans de FFyL (en abstracción del listado de antigüedad de los ad honorem de filo).
2. Incorporar al menos dos personas trans de dicha cátedra, con salario, a la Comisión No a la Violencia de Género
3. Asignar recursos de investigación a dicha cátedra
4. Renta a todos los docentes trans ad honorem
5. Que la UBA afilie de modo gratuito a DOSUBA a todx estudiante o graduadx trans que lo solicite y que no cuente con una cobertura de salud
6. Encomendar que la aplicación del decreto 721/2020 por parte de la UBA sea urgente y que el tipo de trabajo sea estable, sin flexibilización ni precarización alguna (esto significa nombramiento REGULARIZADA de personas trans hasta cubrtir el 1% de la planta laboral, como ya señalamos se pide a la Universidad que aplique un decreto que no la atañe, por no pertenecer a la Administración Pública Nacional).

La maniobra se escuda en la necesidad de discriminación positiva para con un colectivo al que se supone en peores condiciones que ningún otro, sin que en el caso particular del ámbito universitario haya nada que lo avale. En efecto, propuestas de cupo se han presentado en otras áreas de la vida social para hacerse cargo de las particulares condiciones de existencia que el colectivo trans sostiene como propias (la violencia, la condena a la prostitución, la bajísima expectativa de vida, etc.). Sin embargo, no parece que aquí valgan como argumento para lo que se propone, en tanto que, quien ha llegado a cumplir los requisitos para ser docente universitario, evidentemente no ha vivido en tales condiciones o ya las ha superado. No hay razón, entonces, para ningún privilegio; ni de un ad honorem sobre otro ad honorem ni de un aspirante a la docencia sobre docentes ad honorem en actividad. Seguramente, muchas mujeres y hombres que dan clases en la universidad podrían ofrecer, por los motivos más diversos (de sexo, étnicos, de clase, etc.), duros testimonios de vida que nunca han sido tomados en cuenta a la hora de la asignación de rentas. No vemos por qué este sea el caso ahora. Más de un compañero o compañera estará pensando que esta es una posición mezquina, pero en realidad, lo mezquino es hacer demagogia con el salario ajeno.

El proyecto en concreto implica que docentes ad honorem que hace poco ejercen funciones sean rentados antes que otros con mayor antigüedad o, peor, que compañeros que nunca ejercieron la docencia sean nombrados y obtengan sus rentas antes que toda larga lista de ad honorem que hace años trabaja gratis sea en forma absoluta (ad honorem puro) o parcial (rentado en un cargo y ad honorem en otro o con inadecuación de renta a cargo). De ninguna manera creemos que el cuerpo docente de la Facultad se componga de millonarios a quienes su salario no les importe, al punto tal que puedan esperar indefinidamente al otorgamiento de sus rentas mientras observan complacidos cómo se nombran, rentan y titularizan, tal como pide el cupo trans, nuevos docentes mientras ellos siguen esperando una renta.

El asunto se agrava cuando nos percatamos de que la propuesta, en realidad, implica un abanico mucho más amplio de medidas, que incluye la afiliación gratuita de estudiantes y graduados trans a nuestra obra social DOSUBA. Con los graduados, vale lo que ya dijimos: quien terminó una carrera universitaria en la universidad más prestigiosa del país, indudablemente no se encuentra entre las causales que podrían aceptarse para un caso de discriminación positiva. Mucho menos cuando en este país no hay ninguna restricción de ningún tipo para el acceso al trabajo más común por el que optan nuestros egresados, es decir, la docencia. De modo que, no hay razón por la cual un graduado trans no pueda seguir el mismo régimen que el resto, evitando de ese modo desfinanciar a la obra social. Con respecto a los estudiantes, el tema cambia. Primero, por su magnitud, sobre todo cuando se cae en la cuenta de que el proyecto no pone ninguna limitación. Es decir, tranquilamente, “anotarse en Filo” y tener obra social pasan a ser sinónimo. No cuestionamos las estrategias de quienes necesitan de la atención médica que provee una obra social. Cuestionamos a la dirección de un sindicato que regala tan alegremente las ya limitadas prestaciones que los docentes recibimos, a una masa en principio sin límite: en tanto la Ley de Identidad de Género solo requiere la declaración de quien lo desee, por un simple trámite todo estudiante estará en condiciones de disfrutar de DOSUBA sin haber puesto, jamás, un peso. No hace falta explicar qué quedará de DOSUBA después de eso. Por lo menos, la dirección de la AGD debiera haber pensado en las posibles consecuencias concretas de algo que se enuncia con mucha facilidad, pero que puede resultar en una catástrofe para la cobertura de salud de nuestros compañeros, trans o no trans. Por ejemplo, la sobrecarga ad infinitum de una obra social ya muy deficitaria. Podríamos también señalar otras consecuencias, más del orden de lo político, por ejemplo, el efecto ideológico negativo incluso para los miembros del colectivo que se dice defender, cuando una masa creciente de docentes se encuentre que gracias a su sindicato, la obra social no cubre absolutamente nada como consecuencia del desborde de prestaciones no acompañadas de ingresos. Amén de que una obra social destruida no va a servir para nadie, sea cual sea su orientación ideológica y/o sexual.
La Universidad de Buenos Aires tiene una particularidad conocida por todos, y es que funciona en base al trabajo gratuito de miles de docentes ad honorem que se encuentran en esta situación hace años. No es lo mismo aplicar el cupo trans a cualquier repartición estatal, incluso al ámbito universitario no docente, donde no hay trabajo sin salario, que en el ámbito universitario docente, donde hay una multitud que carece de toda remuneración y cobertura de salud. En este sentido, el proyecto planteado implica una nueva postergación de los derechos de los ad honorem. Además, el proyecto establece un tratamiento preferencial para una cátedra en particular, no solo por su creación, que no podemos sino saludar, sino por la adjudicación de rentas específicas, privilegio que no ha tenido ninguna otra experiencia, ni siquiera aquellas a las que se accede a través de un larguísimo cursus honorum de años. Va de suyo que, una vez rentados, tendrán también obra social, como corresponde.

Recordemos, sin embargo, que hay docentes que no cuentan con ese derecho. La dirección de la AGD se apresura a hacer concesiones a sectores ajenos al gremio (estudiantes y graduados trans) cuando no ha movido un dedo por conseguir ese mismo derecho por los trabajadores docentes, en particular, las trabajadoras docentes (baste pensar en la situación de las compañeras embarazadas que trabajan gratis y sin cobertura médica, cuya situación no parece ameritar la preocupación de la actual dirección del gremio). Los docentes ad honorem de la facultad no solo trabajan en forma gratuita, sino que lo hacen sin cobertura de obra social. Los ad honorem cuentan con la posibilidad de afiliarse a DOSUBA pagando una cuota, aun así la afiliación no es obligatoria para la obra social y la misma está sujeta a “revisación médica del titular y su grupo familiar, excepto hijos menores de 12 años”. Es decir, aún si el docente ad honorem desea pagar la cuota correspondiente, no cuenta con el derecho irrestricto a la obra social de los docentes de la UBA, puesto que el mismo aparece condicionado como en cualquier prepaga a la verificación del estado de salud del trabajador (ausencia de enfermedades preexistentes). En ese sentido nos oponemos al proyecto que ha apoyado la AGD y, en cambio, reclamamos, asignación inmediata y gratuita en forma obligatoria (no sujeta a resultado de revisación médica) de la cobertura de DOSUBA a todo docente ad honorem y su grupo familiar.

Cabe aclarar que, como militantes de RyR, consideramos que el sistema de salud estructurado mediante las obras sociales es ineficiente e inequitativo, y consideramos un sistema de salud universal la mejor solución al problema general. Sin embargo, mientras que este sistema se mantenga, no consideramos una solución apropiada la asignación de grupos sociales sin obra social a determinadas obras sociales sin pertenecer a ese colectivo laboral y sin la correspondiente asignación de recursos por parte del Estado. El caso contrario implica que una fracción de la clase obrera tome sobre sus espaldas la solución a la situación de otra franja de la clase por la que el Estado debiera responder.

Por último, y como si fuera poco, esta cátedra, creada ex novo aparecería sobre representada en la Comisión No a la Violencia de Género, donde debiera haber “al menos dos personas trans de dicha cátedra, con salario”. Se está concediendo a los miembros de dicha cátedra un poder para intervenir en la vida académica y/o política de la Facultad (donde, hay que recordarlo, hay otras opiniones acerca de estos temas), absolutamente fuera de toda relación con su lugar real en la producción de conocimiento y en la tarea cotidiana de enseñanza-aprendizaje. No sería descabellado pensar que, sin que el cuerpo docente lo haya discutido colectivamente, toda la Facultad deba rendirse ante la peculiar concepción de la vida social de la “teoría” queer, que suele ser dominante en quienes hacen este tipo de propuestas.

Por todo ello, insistimos:

-primero los ad honorem.
-estricto criterio de antigüedad para acceder a los cargos.
-adecuación de renta a cargo.
-no más trabajadores sin cobertura médica: afiliación obligatoria inmediata y gratuita a DOSUBA para todos los ad honorem.
-que la dirección de AGD cumpla con el mandato de Asamblea de lanzar y financiar con recursos del sindicato una gran campaña de empadronamiento y afiliación de ad honorem, mandato que no ha cumplido hasta ahora.
-la adjudicación de rentas ad honorem debe respetar el estricto criterio de antigüedad en base a padrón por Facultad.
-proveer recursos para la resolución de problemas de salud pública general (ajenos a los trabajadores que componemos el gremio) es un deber del Estado, y no de los docentes universitarios como grupo profesional.

Razón y Revolución

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