La flexibilidad es su sueño eterno. La negociación colectiva en la industria del calzado 1946-2005

en El Aromo nº 63

a63_tes_marina¿Usted cree que la flexibilidad laboral es un mal pasajero asociado solo a los gobiernos neoliberales? Por el contrario, es un objetivo permanente de la burguesía que no distingue momentos democráticos y dictatoriales. Su desarrollo dependerá de las relaciones de fuerza entre las clases sociales, como lo muestra el caso de la industria del calzado.

Marina Kabat
TES-CEICS

En la década del ’30 los obreros del calzado buscan disminuir la intensidad de su trabajo. Con tal fin luchan contra el trabajo a domicilio y el empleo a destajo. Una serie de huelgas exitosas en los ’30, en el marco de una tendencia económica favorable a la concentración del trabajo en grandes fábricas, los acerca al primer objetivo. En octubre de 1946, enfrentándose incluso a la intervención peronista de su gremio, logran la firma de un convenio que estipula la abolición del trabajo a destajo. En la práctica, éste sufre un fuerte retroceso en la rama, aunque no llega desaparecer por completo en todas las empresas.1

En el siguiente convenio, firmado en el año 1949, figura una cláusula que establece que el trabajo a destajo sólo regirá en las empresas donde ya estaba instaurado. En este sentido, retrocede respecto al acuerdo alcanzado tres años antes. El convenio 125 de 1949 también especifica las tareas correspondientes a cada trabajador, según su categoría y establece un escalafón por antigüedad. Por ejemplo, el joven que hubiera completado su aprendizaje (3 años) pasaba automáticamente la categoría de medio oficial. Hasta entonces, los jóvenes eran empleados en la industria en tareas descalificadas y carecían de la oportunidad de aprender el oficio. Esta especificación de tareas también impone un límite a la intensidad del trabajo, pues impide la polifuncionalidad, dado que un obrero no puede hacer tareas ajenas a su categoría.

Después de la crisis de 1949, el impulso ascendente de la negociación colectiva parece detenerse. Las tratativas se desarrollan en un nuevo clima político y económico. En 1954, Perón promueve el Congreso de la Productividad. La burguesía aspira a regular la actividad de las comisiones internas, acordar incrementos de la productividad y flexibilizar los convenios que establecían rígidas categorías laborales. Los empresarios del calzado presentan varias ponencias al Congreso. En una de ellas proponen reimplantar el trabajo a destajo en su gremio. Sin embargo, los sindicatos bloquearon toda iniciativa. En este contexto en la industria del calzado se negocia un nuevo convenio que solo incorpora aumentos salariales y beneficios secundarios.

Tímidos inicios de la ofensiva patronal (1955-1960)

El gobierno militar de la Revolución Libertadora prorroga por decreto la validez de los convenios vigentes, a excepción de los artículos que condicionaban la productividad. En virtud de esto, los empresarios del calzado logran que se remuevan las trabas vigentes en los convenios colectivos para establecer nuevos sistemas de incentivos. Sin embargo, no se observa en este período como pauta general un aumento de la productividad. Tampoco parecen incorporarse en forma efectiva sistemas de incentivos, al menos entre las empresas más grandes que eran las que cotizaban en bolsa. Entre ellas, solo podemos citar como excepción el caso de la firma Juvena. En 1956, la empresa amenaza con cerrar sus puertas y despide a la totalidad del personal, debido a lo que consideraba la baja productividad de sus obreros. Luego, reincorpora a una porción de los obreros que comienzan a trabajar a un nuevo ritmo de trabajo.2

En este período también se promociona la firma de convenios por empresas o que incorporasen cláusulas de flexibilización (convenios incentivados se los llamaba). Cabe señalar que éstas son dos características fuertemente asociadas al avance de la flexibilidad en las últimas décadas del siglo veinte, pero que, como se ve, no resultan tan novedosas. En la industria del calzado se ha conservado un convenio de este tipo del año 1956 y 3 de 1957, uno de 1958 y 2 de 1959. Se trata de firmas medianas que acuerdan con su personal una producción mensual. Si la misma se alcanza los obreros perciben un adicional.3  Estos convenios incorporan también una cláusula que asegura la cooperación de los obreros con los empresarios. Como consecuencia de ella, el quite de colaboración o el trabajo a desgano implicaban la denuncia del convenio, que quedaba sin efecto ante una acción de ese tipo. Estas medidas habían sido frecuentemente empleadas por los obreros, pero sobre inicios de los ’60 parecieran resultar cada vez menos efectivas. La mayoría de estos convenios incluyen también un premio por presentismo, supeditado al cumplimiento de la producción pautada. Aquellos firmados desde 1958 establecen, además, la movilidad de los trabajadores entre las distintas tareas, con lo que los empresarios logran imponer la polifuncionalidad. Sin embargo, por el momento, los industriales no logran trasladar estas cláusulas que figuran en los acuerdos firmados por empresas a los que se homologan para el conjunto de la rama. Esto no se debe a que no lo hubieran intentado. Por el contrario, habían buscado condicionar todo incremento salarial a la firma de una cláusula de productividad, pero sin lograrlo.4

Los ’60 y el desempleo como motor de la flexibilidad laboral

Para el conjunto de los obreros de la rama, la situación va tomar un viraje más dramático a partir de 1960, cuando el gremio es derrotado en una huelga general que duró casi dos meses. Este revés resulta significativo puesto que, desde inicios de los ’40, el sindicato había salido triunfante de todos los conflictos en los que se había embarcado. Esta derrota representa una inflexión en las relaciones de fuerza dentro de la rama, que va a completarse a través de transformaciones más profundas. A partir de 1960, cambios en el proceso productivo afectan la configuración de la fracción de la clase obrera ocupada en la industria del calzado. En 1961, se destraba la importación de maquinaria lo que da lugar a una reconfiguración del proceso productivo. Las fábricas de calzado habían incorporado pocos adelantos técnicos desde la Segunda Guerra. Aparecen ahora nuevos métodos productivos y, sobre fines de los ’60, se generalizan distintas formas de transporte mecánico de las piezas durante el proceso de producción, como las motorvías.

Estas innovaciones incrementan la productividad y disminuyen los requisitos de mano de obra. El desempleo se siente fuerte en la rama.5  Las principales empresas informan recortes en su plantel de personal. En este contexto adverso, en 1963 finalmente los empresarios logran imponer una cláusula de productividad para el conjunto del gremio.6  Un nuevo retroceso se verifica en 1966 cuando se negocia un aumento salarial exclusivo para los obreros internos.7 Desde entonces, las remuneraciones de los obreros externos, se negociarían por separado.

Por otra parte, los métodos productivos que se difunden en la década del ’60 dan lugar a tareas nuevas que, naturalmente, no figuraban entre aquellas reguladas en 1949. Por ello, los obreros comenzarán a exigir “la clasificación de tareas omitidas en su oportunidad”.8  Durante toda la década del sesenta el sindicato insistirá sin éxito en este punto. Recién en 1973, bajo el tercer gobierno peronista y en un contexto favorable dado por cierta reactivación del sector de la mano de un proceso de exportaciones de calzado, obtienen un triunfo parcial al respecto, al fijar en el CCT 88/73 un plazo de 120 días para reclasificar las tareas incluyendo las nuevas.9  Sin embargo, dicha clasificación no se produce. De esta manera, los obreros empleados bajo los nuevos métodos técnicos, no tienen estipulado su progresión de categorías y pueden ser empleados en distintas tareas a voluntad de sus patrones.

Los convenios tras el retorno democrático: la consagración de la flexibilidad

El convenio firmado en 1989 habilita a los fabricantes de calzado a concertar convenios con sus trabajadores basados en una mayor productividad y deja sin efecto todas las cláusulas que limitan o pudieran limitar la producción. En el período posterior al 2001 se profundiza la flexibilización. El convenio firmado en 2005 establece los contratos de trabajos por temporada o ciclos productivos y flexibiliza el descanso de las vacaciones. El sindicato ha señalado como un logro de este convenio que se hayan pautado las categorías laborales correspondientes a las nuevas formas productivas, un reclamo que, como vimos, data de la primera mitad de los ’60. Sin embargo, al mismo tiempo que se incluyen estas categorías, se deroga el sistema de promoción entre ellas. Finalmente, el convenio autoriza el acuerdo directo entre partes para fijar el salario de los trabajadores a domicilio. Esto corona una tendencia al deterioro de las condiciones laborales de este sector de obreros de la rama, que tenía ya más de treinta años.

Los empresarios persiguen constantemente la flexibilidad. Bajo el capitalismo, los obreros sólo pueden evitarla en ciertos contextos favorables. Pero se cierne siempre sobre ellos, como una pesadilla que solo otra forma de organización social, el socialismo, podrá desterrar.

Notas

1 Orientación, 4 y 11 de junio de 1947.
2 Boletín de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, nº 2669, 2 de julio de 1956.
3 Ver expedientes 43196/57, 4444/57, 46619/57, 31865/56, 57410/58, 1361/58 y 1090/58 del Ministerio de Trabajo.
4 Ver informe de inteligencia Archivo DIPBA, Mesa B, carpeta 125, legajo 34 y negociones previas al convenio 6/58 en expte. 5233/58 del Ministerio de Trabajo.
5 Un informe de inteligencia señala que la UTICRA pasó de 15 mil afiliados a solo 9000 debido a los despidos relacionados con la introducción de maquinaria y la merma del consumo Archivo DIPBA, Mesa B, carpeta 125, legajo 34 “Unión de Trabajadores de la Industria del Calzado”
6 CCT 21/63, artículo 6, expte. 363650/62, foja 46. Ministerio de Trabajo.
7 Convenio n°106/66, expte 422334. Ministerio de Trabajo.
8 Expte. 363650/62, fojas2-4, Ministerio de Trabajo.
9 Convenio 88/73, expte. 517456, Ministerio de Trabajo. En este convenio también se reduce el período de aprendizaje de 3 a 2 años.

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