La crisis del I.O.S.P.E.R

en ECD/El Correo Docente 24/Novedades

Ivana López
Conti-Santoro


¿Qué es IOSPER?

Los trabajadores docentes contamos con una obra social: el Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER). Para beneficiarnos con la cobertura se nos descuenta mensualmente el 3% de nuestro sueldo. Además, y de modo voluntario, podemos adherirnos al denominado “fondo voluntario” sumándose al 3%, $300 destinado a la cobertura de prácticas en salud costosas, como internaciones o cirugías.

Los mismos problemas de siempre

Hace por lo menos 7 años que IOSPER cuenta con graves problemas a la hora de cumplir con las prestaciones. Lo cierto es que si tenés problemas de salud crónicos, como diabetes, la obra social tarda en cubrirte las tiras reactivasaproximadamente 6 meses. El costo de estas tiras varía entre $1500 a $3000 las 25 unidades, según la cantidad y la marca, entre otras variantes. Las tiras reactivas son imprescindibles y no excluyente para cualquier persona diabética. Por lo tanto, si la obra social tarda en cubrirlo, el prestador debe optar por pagarlo de su bolsillo, acordar con la farmacia del barrio y/o rebuscársela construyendo una red solidaria paralela entre personas con diabetes para “prestarse” las tiras hasta que el IOSPER las cubra.

Por otro lado, si contas con el plan materno infantil, te ofrecen pañales gratis por un año. Los mismos van desde 44 a 85 unidades por mes. Sin embargo, el convenio con la pañalera se renueva cada seis meses, tardando aproximadamente tres meses el siguiente otorgamiento de pañales. Por lo cual, si la afiliada necesita de dicha prestación en ese momento, muy probablemente pase de tres a cuatro meses sin recibir los pañales. Además la obra social no se responsabiliza del reintegro.

Para quienes la usamos asiduamente, sabemos que frente a los controles oftalmológicos para niños, la obra social sólo cubre tres consultas anuales. Para cubrirse, aduce que el oculista solo debe diagnosticar y recetar lo que necesite, reconociendo que si la persona necesita un tratamiento de largo plazo, la obra social no lo cubrirá.

Para las coberturas de personas con discapacidad se necesitan recursos de amparo constantemente. Recordamos aquí el caso del niño Tiziano Cáceres, quien padecía de atrofia muscular espinal y desde el 2017 se encontraba en una batalla judicial con la obra social para que le cubra el 100% de una medicación que podía mejorar su calidad de vida. Finalmente, en medio de recursos de amparo presentados por la familia y apelaciones por parte del IOSPER, en marzo de 2018 falleció.

Podemos seguir nombrando muchas problemáticas que la obra social presenta: atrasos a prestadores médicos y farmacéuticos, la no cobertura de algunas prácticas, tramites engorrosos para acceder a tratamientos de alta complejidad, etc.

Ajuste más ajuste.

Los graves problemas a la hora de asegurar las prestaciones médicas no tienen que ver exclusivamente con el contexto de crisis económica, sino con la forma de administrar los recursos. La obra social busca el lucro y no cubrir las necesidades de los afiliados. A esto se suma que en septiembre, IOSPER, decidió declarar la emergencia prestacional según la resolución N°1862, en la cual suspendió el ingreso de nuevas solicitudes de prestaciones de Maestras de apoyo a la integración. Argumentando que se trata una prestación “esencialmente educativa y se realiza preponderantemente en los establecimientos educativos donde concurren nuestros afiliados con discapacidad en función de la integración escolar propiciada”. A partir de está resolución, será el CGE quien deba cubrir las Maestras de apoyo a la integración. Buscando desligarse de la responsabilidad clara que plantea el ministerio de salud y acción social a través de su resolución 428/1999 «Nomenclador de prestaciones básicas para las personas con discapacidad» que define que el apoyo a la Apoyo a la Integración escolar: «Es el proceso programado y sistematizado de apoyo pedagógico que requiere un alumno con necesidades educativas especiales para integrarse en la escolaridad común en cualquiera de sus niveles. Abarca una población entre los 3 y los 18 años de edad o hasta finalizar el ciclo de escolaridad que curse. El Tipo de prestación es a equipos técnicos interdisciplinarios de apoyo conformados por profesionales y docentes especializados. Y la modalidad de cobertura puede variar entre atención en escuela común, en consultorio, en domicilio, en forma simultáneo y/o sucesiva, según corresponda.»

Pasando en limpio, esta prestación está destinada a una atención personalizada para aquellos estudiantes con discapacidad, que por su condición así lo requieran, y solo pueden desarrollarla, además de profesionales acordes, docentes de educación especial. Sabemos que el IOSPER no solo tiene conflictos en el pago a los docentes, sino que muchos profesionales como acompañantes terapéuticos, psicopedagogos, psicólogos, deben apelar a recursos de amparo para cobrar.

Por otro lado, la resolución también expresa que se encargará de controlar las órdenes emitidas por prestadores sin justificaciones, como derivaciones, prótesis y tratamientos. Siendo está una lógica perversa que pone como responsables de la crisis a los trabajadores, pareciera que uno decide “ser derivado, sin justificación” por el simple hecho de poner en gastos a la Obra social ¿Ahora se comprende por qué decimos que IOSPER busca el lucro y no atender las necesidades de sus afiliados?

Los directivos de la obra social argumentan que las políticas del gobierno nacional son las que ponen en riesgo la obra social, desligando de las responsabilidades al gobierno provincial kirchnerista. Al encubrimiento se le suma la búsqueda de sociabilizar las perdidas, proponiendo que dada la crisis ahora todos “debemos hacer sacrificios” para paliar la situación. Como si los laburantes no fuéramos la variable de ajuste ante cada crisis, siendo siempre el pato de la boda.

Durante todo el 2019 el CGE profundizó el ataque a la salud de los docentes con el Decreto N° 426 MGJ y la Resolución 1250/19 CGE (esta última modificada parcialmente por la Res1590/19) que solo buscan burocratizar el acceso a las licencias médicas. La falta de ampliación de las enfermedades que sufrimos los docentes y que todavía no se consideran como tales, también forma parte del ataque a nuestra saludad y condiciones laborales. Debemos poner en fin a esto. Por eso hay llevar todos los reclamos a la Comisión Paritaria de Salud Laboral Docente.

Que IOSPER regularice las prestaciones básicas.
Reconocimiento de las enfermedades docentes.
Relevamiento de las condiciones laborales docente.
Derogación de las resoluciones Decreto N° 426 MGJ y la Resolución 1250/19 CGE.
Por un IOSPER en manos de los trabajadores que cubra todas las necesidades de los mismos.

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