Constitución y represión. Una crítica al constitucionalismo “progre”, a propósito del homicidio de Mariano Ferreyra.

en El Aromo nº 57

001_3Valeria Sleiman
Grupo de Investigación sobre el Estado – CEICS

Una vez más la muerte de un compañero ha dejado en claro la condena que el sistema capitalista impone a los obreros por luchar. El planteo –lamentablemente- no resulta para nada novedoso, en tanto la clase obrera se enfrenta cotidianamente a estos ataques como reacción a su lucha. Cada vez que ello sucede, cuestiona el derecho burgués en general, y en particular, su pilar, la Constitución Nacional. Veamos la naturaleza de esos cuestionamientos.

La mitología constitucional

El planteo que nos interesa discutir en esta ocasión es la teoría constitucional de Roberto Gargarella(1) , que aparece como la más a la izquierda en el constitucionalismo argentino. Gargarella desarrolla una reveladora posición en relación a la Constitución y el sistema democrático a partir de lo que considera es su base, la idea de la igualdad. Según el constitucionalista,

“le asignamos un lugar importante a la idea de igualdad, en el sentido de que asumimos que todas las personas tienen una misma dignidad moral y son iguales en cuanto a sus capacidades más básicas. Aprobamos el compromiso con el sistema democrático, justamente porque rechazamos la idea de que existen clases de personas situadas por encima de todas las demás (…) Nuestro compromiso con el constitucionalismo, del mismo modo, se desprende de este tipo de presupuestos igualitarios. La idea de igualdad, entonces, resultaría el fundamento último del constitucionalismo y la democracia”(2) .

La noción constitucionalista de izquierda de igualdad sería

“tratar a cada persona como a un igual, más que tratar a cada persona igual: lo que se pretende es afirmar nuestra preocupación por la igual consideración y respeto que nos merece cada uno (…) Aunque son, evidentemente, muchas las formas posibles en las que pensar la idea de igualdad, creo que tiene sentido también vincularla con una perspectiva desarrollada en las últimas décadas por la filosofía política liberal igualitaria. Conforme a una lectura posible de dicha tradición, tratar a cada individuo como a un igual conlleva una preocupación por asegurar que la vida de cada individuo dependa de las elecciones que cada individuo realiza, y no de las meras circunstancias en las que le toca nacer. La vida de alguien resulta inapropiadamente definida por las circunstancias en las que le toca nacer cuando, por ejemplo, el sistema institucional permite que algunos reciban beneficios y otros resulten perjudicados por hechos que son ajenos a su responsabilidad, por el hecho de que hayan nacido en condiciones de pobreza o riqueza (…) Por ello, la debida preocupación por igual dignidad de cada uno, resulta entonces violada cuando el Estado, por ejemplo, legitima o refuerza, en lugar de confrontar, aquellas injusticias ‘naturales’.”(3)

Partiendo del análisis de la igualdad que realiza Gargarella, podemos preguntarnos si se encuentra dentro del plano de las “elecciones” que cada uno realiza, en el marco de la igualdad, ser un luchador de la clase obrera, concurrir a una marcha y morir como consecuencia de la actuación de la burocracia sindical. Y todo ello en connivencia con una política de Estado que clarifica sus intenciones liberando la zona al momento de los disparos que terminan causando la muerte de Ferreyra.

El planteo excede el encuadre del derecho constitucional. Entender que todos somos iguales, es desconocer la sociedad de clases del sistema capitalista, desconocer que existe una clase dominante y una oprimida, y desconocer también los modos de opresión de la clase dominante. Seguramente Gargarella no crea que exista una igualdad de hecho actual, sino que ella debe conquistarse y que el sistema constitucional, en algún modo, significa un avance en tal sentido. Es más, cree que ese avance tiene un guardián adecuado en el Estado:

“el ideal de respetar a todos por igual, a pesar de su contenido individualista, no implica negar la posibilidad de tomar acciones a favor de colectivos determinados. El compromiso con el trato igual requiere la toma de decisiones orientadas a remediar la situación de los colectivos indebidamente perjudicados. En tal sentido, el Estado no actuaría de un modo ‘debidamente neutral’ frente a todos si, por ejemplo, permitiera que la suerte de determinados individuos empeorara en razón de su pertenencia a determinados grupos previamente perjudicados por el activismo estatal.”

Gargarella se ubica en la “izquierda” del constitucionalismo, desde una posición cercana al marxismo analítico de Gerald Cohen. El marxismo analítico empezó por “izquierda”, con pretenciones de renovación del marxismo y terminó en simple liberalismo. Desde esa postura “liberal crítica”, Gargarella pretende que el sistema constitucional, si bien no garantiza per sé la igualdad, puede contribuir a construirla. En esto consiste su versión particular de la mitología constitucional, no como realidad actuante sino como soporte necesario.

La constitución como instrumento represivo

Solamente un defensor del sistema constitucional burgués puede realizar estas afirmaciones, cayendo en una postura idealista y completamente falsa, por cierto. Esto no significa que Gargarella sea un reaccionario, sino que no comprende la naturaleza sistémica de la sociedad en que vive. La constitución “garantiza” la igualdad, precisamente, como forma de perpetuar la desigualdad. El Estado sanciona, precisamente, en su aparente “neutralidad”, el partidismo más rabioso.

La única manera de afirmar que “una preocupación por asegurar que la vida de cada individuo dependa de las elecciones que cada individuo realiza, y no de las meras circunstancias en las que le toca nacer”(4) , es desconocer los condicionantes históricos, sociales y políticos que atraviesan al sujeto, que son las mismas que atraviesan al constitucionalismo. Dicho de otra manera, las determinaciones propias del modo de producción capitalista, o sea, las “meras circunstancias”.

Por empezar, la sociedad de clases. El Estado, organizado según la constitución, se planta como “neutral” frente a los individuos, en tanto los tratará como iguales ante la ley. Pero lo hará a partir de los preceptos constitucionales, que en el caso de la constitución burguesa, presuponen la propiedad privada como principio ordenador. Si partimos de allí, veremos por qué el crimen de Mariano Ferreyra sólo lo es, en términos legales, porque fue realizado por particulares. Si lo hubiera realizado un agente del Estado, no lo sería. En todo caso, entraríamos en el terreno del “gatillo fácil”, que presupone que se cometió un “exceso” en un terreno legalmente justificable.

En efecto, las palabras de Pablo Díaz son, además de premonitorias, profundamente “constitucionalistas”. En su opinión, los tercerizados estaban obstaculizando el derecho a trabajar que la constitución garantiza, de modo que el Estado (la policía, los jueces, etc.) deberían haber intervenido. Como esos agentes no cumplían con sus obligaciones, “lo hacemos nosotros”, dijo el burócrata. Está denunciando el incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos que debieran garantizar sus derechos: su derecho a vender su “propiedad”. En defensa de esa propiedad privada, Díaz y los suyos hicieron lo que hicieron.

Constitucionalmente, Díaz tiene razón: los tercerizados no tienen “derecho” a hacer lo que hicieron. El Estado debiera haber intervenido. Y su intervención represiva es perfectamente legal. Es más, reprimir es su obligación. Y esa represión puede, perfectamente, tener los mismos resultados que tuvo la acción de los burócratas ferroviarios. Realizada por el Estado, aunque debidamente justificada, es legal. El Estado habría actuado “neutralmente”, matando “neutralmente” a un obrero que, paradójicamente, según Gargarella, debió haber sido apoyado para llevar a término la “elección” de lucha que realizó esa tarde en que murió.

Dejando de lado que afirmar que la lucha de la clase obrera en contra de la opresión capitalista es una elección, conlleva como posible respuesta “entonces, que se hagan cargo…”, la mitología progresista de Gargarella resulta autocontradictoria sencillamente porque las contradicciones del constitucionalismo son las del sistema social de cuya superestructura forma parte. Es sorprendente la forma solapada en la que menciona la dominación de clase, ya que lo que bautiza como “colectivos indebidamente afectados” es lo que llamamos clase obrera, proletariado, obreros, trabajadores. Las cosas por su nombre. En efecto, Gargarella no percibe el carácter inconciliable de los intereses sociales y, por lo tanto, que cuando se afirma la propiedad privada ya se ha jugado todo a favor de los propietarios, es decir, de la burguesía. Luego, una vez elegidos los dados cargados, es posible tirarlos “neutralmente”, que siempre darán el mismo resultado.

Una mitología peligrosa

El/la lector/a se preguntará por qué tanto escándalo con el pobre Gargarella, que parece un hombre bien intencionado. El problema es precisamente ése: sus buenas intenciones. Son las mismas buenas intenciones con las que el progresismo se escandaliza cuando estas cosas suceden, pero que no les alcanza para comprender por qué se repiten. Prefieren no ver el carácter sistémico de la sociedad, prefieren pensar que se trata de aberraciones, hechos excepcionales, actos ligados a la “corrupción” o producto de la acción de un loco suelto. Todo menos que su constitución, su Estado y su gobierno, tan progre él, forman parte de la misma trama. Es más, la política kirchnerista, apoyándose en el neutralismo constitucional, pretende que no utiliza la represión. Es más, que eso fue lo que realmente mató a Kirchner. Igual que Yrigoyen, que decía no reprimir pero dejaba que lo hiciera la Liga Patriótica, Cristina deja que sus burócratas hagan el trabajo sucio. El Estado no termina donde la constitución lo indica. La Constitución real, tampoco.

Notas:
(1) Gargarella, Roberto, en Albanese, Susana: Derecho Constitucional, EUDEBA, Buenos Aires, 2004, cap. III, p. 69 y ss.
(2) Ídem  p. 77  y ss.
(3) Ídem.
(4) Ídem, p. 78.

 

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