Por Rosana López Rodriguez
Una noticia impactó gravemente a las feministas argentinas en el día de ayer: el Ministerio de Trabajo resolvía que la cifra que se consigna antes del documento se fijará de manera aleatoria, sin consideración del sexo. Esto, que parece anodino, sin embargo, no lo es. Veamos primero en qué consiste el asunto.
El CUIL (Código Único de Identificación Laboral) es un número que se agrega al del documento nacional de identidad. Para los argentinos nativos, el CUIL se genera automáticamente al sacar el DNI de un menor y se utiliza para registrar toda actividad laboral asalariada. Está compuesto por 3 partes: una primera cifra de dos dígitos, que indica el tipo, luego el del DNI y, finalmente, el dígito verificador. El tipo se utiliza para distinguir el sexo de las personas. Los varones tienen como número tipo el 20 y las mujeres, el 27. Tiene una función clave para muchas instituciones del Estado (también privadas, pero no es lo que nos interesa ahora), tanto en términos meramente registrales como en relación al sistema de prestaciones sociales. De allí que el CUIL sea un instrumento importante para la institución que centraliza buena parte del área social del Estado, el ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social). En el ANSES se registran los aportes jubilatorios y se tramita la jubilación. Allí también, con el CUIL se pueden solicitar las innumerables prestaciones que brinda el organismo y/o realizar trámites ante otras entidades que lo requieran, sean públicas o privadas (bancos, registros de automotor, etc.).
Las funciones de ANSES son muy variadas: otorgamiento y pago de jubilaciones y pensiones, pago de asignaciones familiares a trabajadores en actividad, desempleados, jubilados y pensionados, gestión y liquidación de la prestación por desempleo, de la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo, de las pensiones no contributivas para madres de 7 o más hijos y de los programas tendientes a cubrir necesidades detectadas de la población, ampliando la cobertura previsional de los ciudadanos. Pero el asunto no termina allí. En ANSES también se otorgan subsidios para fomentar el estudio o la finalización de estudios, el plan Progresar, dirigido a jóvenes entre 18 y 24 años cumplidos, personas con hijas/os menores de 18 años pertenecientes a hogares monoparentales (hasta los 35 años), quienes no poseen trabajo formal registrado (hasta los 40) y personas trans, de pueblos indígenas, con discapacidad o refugiadas (sin límite de edad).
Dadas las funciones que tiene el CUIL y las tareas sociales que debe realizar el organismo, la resolución del Ministerio de Trabajo[1] dictamina que los números “tipo” (esas cifras que anteceden al DNI y que dan cuenta del sexo) ya no van a distinguir entre hombres y mujeres. La resolución firmada por el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, señala que ese prefijo “se asignará de forma aleatoria, siendo de carácter genérico y no binario en términos de sexo/género”. Los considerandos de la resolución son los principios de Yogyakarta, el reconocimiento de la libre autodeterminación del género y la promoción de la igualdad y la no discriminación.
Como puede verse a continuación, esta resolución no es un elemento aislado, una iniciativa de algún funcionario de menor rango. Todo lo contrario, constituye una política de Estado generalizada y compartida por todos los partidos de gobierno:
“a fin de establecer un mecanismo consensuado se ha consultado previamente a la Administración Federal de Ingresos Públicos, al Banco Central de la República Argentina (BCRA); al Ministerio de Economía; al Ministerio de Educación; al Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI); al Ministerio de Desarrollo Social; a la Dirección Nacional de Migraciones; al Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad; al Ministerio de Salud de la Nación; y a la Superintendencia de Riesgos de Trabajo quienes valoraron el proyecto como un avance en materia de políticas de igualdad, género y diversidad y presentaron recomendaciones y propuestas para una correcta implementación.”
Todo el Estado argentino está comprometido con esta política. No es una casualidad, no es una equivocación.
Dijimos más arriba que esta modificación no es anodina. Obviamente, si lo fuera, ni estaríamos escribiendo esto ni, quien implementa la reforma, la estaría implementando. Digamos, de entrada, que el problema no es el “numerito” en sí, sino la continuidad y extensión de una política que borra por completo la existencia de las mujeres. Pareciera (y no es un simple “parecer”) que no debiera quedar rastro alguno de las mujeres en ningún lugar de la vida pública. Pero el asunto no se limita a lo ideológico, lo que ya de por sí sería suficiente para rechazar esta modificación. Tiene consecuencias materiales concretas, desde las más inmediatas a las no tanto. Por empezar, ¿cómo tramitarán las mujeres sus derechos ante las instituciones del Estado, en particular, el ANSES? Antes bastaba la simple presentación del CUIL. Ahora, habrá que probar que somos mujeres. Habrá que declarar, especialmente y ante cada ocasión cuál es nuestra “elección”. Se corren, con esta simple modificación, dos peligros paralelos: 1. Que en el camino, desaparezcan en la práctica derechos de las mujeres que se otorgan automáticamente con la simple asignación del número tipo. Muchas mujeres, sobre todo pobres, que carecen de condiciones educativas elementales y, consecuentemente, se pierden en la maraña burocrática, dejarán de percibir beneficios simplemente porque no saben o no están al tanto de que deben “probar” ante cada organismo del Estado su condición sexual; 2. Que en tanto tal condición se adquiere a simple declaración de la persona interesada, los recursos destinados a las mujeres se asignen a cualquiera que se “declare” mujer.
El asunto no termina allí. Todas las políticas destinadas a las mujeres dependen de las estadísticas nacionales. No tendría el menor sentido que se estableciera la diferencia sexual en los mecanismos registrales del Estado, si la situación de varones y mujeres fuera la misma, si no existiera ningún tipo de condición social inferior de las mujeres, o incluso, aquello que no implicara subordinación, pero sí diferencia significativa, por ejemplo, todos los temas atinentes a la salud. Luego, diferenciar entre varones y mujeres es la base sobre la cual se pueden estudiar tales diferencias, explicarlas, buscarles solución o establecer políticas diferenciales. Por ejemplo, ¿cómo podrá el Ministerio de Trabajo hacer afirmaciones como éstas, que indudablemente impactan en las políticas laborales hacia las mujeres?:
“Si bien las mujeres representan la mitad de la población, su tasa de empleo sigue siendo más baja que la de los varones: 43,1% para las mujeres y 66,3% para los varones, según datos de la EPH 2017.”[2]
Por supuesto, si el mismo Estado no podrá hacer este tipo de afirmaciones, porque habrá borrado la fuente de la que extraía los datos necesarios, ¿qué quedará para los sociólogos, trabajadores sociales, historiadores y todo otro profesional de la investigación social? ¿Qué quedará del conocimiento necesario para la regulación de la vida social, para la misma sociedad? ¿Con qué instrumentos y sobre qué bases podrán las mujeres fundamentar sus reclamos? Se trata de un acto de barbarie intencionada.
El registro de la diferencia sexual también es la base de la asignación de partidas y recursos estatales que atienden a necesidades básicas de las mujeres, que se fundan, precisamente, en la diferencia sexual. Por ejemplo: ¿de dónde saldrá la información que permitirá calcular cuántos mamógrafos habrá que disponer en los hospitales públicos? ¿O la provisión de métodos anti-conceptivos, test de embarazos, de cáncer de cuello de útero, etc.? También es la base de una política de seguridad para las mujeres: ¿qué queda del femicidio, toda vez que no sabemos si la muerta se definía como “mujer”, salvo que lo haya hecho público antes de su asesinato?
No es muy difícil de concluir que lo que se pierde para más de la mitad de la población argentina, no se compensa por la satisfacción de los deseos individuales de un puñado de personas, ni por los votos que la demagogia del partido gobernante piensa obtener con supuestas políticas “progres”. Estas políticas son reaccionarias. Para las mujeres y, a la postre, para el conjunto de la sociedad. ¿Cómo pueden sostenerse y/o generarse políticas públicas que promuevan la igualdad entre hombres y mujeres si el Estado mismo no cuenta con los datos para elaborar esas políticas? ¿O es que las mujeres ya no necesitan nada? Cuando nos preguntan en qué consiste el “borrado de las mujeres”, decimos que ser mujer (y fundamentalmente, ser mujer de la clase obrera, ya que estamos hablando de explotación y de violencia económica) es negar que existimos. Toda política que atente contra el borrado de la diferencia sexual en el registro poblacional es, entonces, un ataque directo contra las mujeres y su lucha por la igualdad. Bajo la pátina engañosa de la igualdad y la no discriminación, se conculcan derechos adquiridos y necesarios de las mujeres. O lo que es lo mismo, se acrecientan las consecuencias negativas sociales y políticas que se asientan en la diferencia sexual. Su negación no borra las diferencias, en particular, aquellas que fundan jerarquías de poder. Por el contrario, las agranda. Las feministas que no apoyamos esta agenda del personal político de turno seguiremos batallando por recuperar lo que nos quitaron y avanzar en el camino de la igualdad.
[1]https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/2021/05/rs-2021-48624021-apn-mt_1.pdf
[2]https://www.argentina.gob.ar/trabajo/igualdad/mercadodetrabajo (EPH: Encuesta Permanente de Hogares).