Guarderías en los lugares de trabajo para pocas. Acerca de la reglamentación del artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo de 1974

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Mediante el decreto 144/2022 el gobierno reglamentó el artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo que obliga a las empresas de más de 100 trabajadores/as a contar con guarderías para niños/as de entre 45 días y tres años que estén a cargo del trabajador o trabajadora durante la jornada laboral o bien reintegrarles los gastos de una guardería o de personal de cuidado. Fue un fallo de la Corte Suprema de Justicia el que obligó al poder ejecutivo a reglamentar ese artículo, que había sido creado en 1974. Es decir, no se trató de una iniciativa del gobierno que no crea guarderías ni siquiera en los lugares de trabajo de sus empleados/as, ni siquiera en el propio Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad.
La normativa solo afecta a las empresas privadas de más de 100 trabajadores/as, por lo que abarca menos de la mitad de los trabajadores/as registrados/as. Más de 60% de las y los trabajadores registrados se emplean en empresas de menor tamaño y no está alcanzado por esta normativa. Tampoco se incluye a las y los trabajadores estatales, que constituyen alrededor del 15% de las y los trabajadores ocupados. Estamos entonces ante una medida que beneficia a una fracción minoritaria de la clase obrera.
El propio gobierno que decreta esto no ha hecho nada por garantizar guarderías para sus propias/os trabajadoras/es. En muy pocas dependencias existen jardines y en algunas, como en Conicet, se paga un plus irrisorio en relación al costo de uno privado, al que debe recurrir la mayoría de las familias por falta de vacantes en los públicos. Por supuesto, las direcciones sindicales no han presionado para lograr las guarderías.
Con esta normativa, entonces, la gran mayoría de las madres obreras no verán resuelto un problema que las afecta y que los sindicatos no toman como reivindicación central. Habrá que ver, además, si esta reglamentación efectivamente se cumple en los grandes establecimientos. No solo hay que exigir que se cumpla donde ya rige, sino que debemos reclamar una solución para el conjunto de las trabajadoras.

Corriente Clasista Goyo Flores – Corriente Sindical de Razón y Revolución

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1 Comentario

  1. Es q la educación.la salud. Los alimentos básicos y la justicia la debe manejar un gobierno popular
    .con centralizado.planificacion ..p supuesto con las necesidades de cada región ..y más p supuesto con la participación de la clase social q entiende y está en la trinchera trabajando..
    Los burócratas.politicos.sociales.sindicales.profesionales.agotaron ellos el sistema y no va maaas

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