Yo te daré, te daré patria hermosa… Los convenios de 1954 y la flexibilidad laboral – Marina Kabat

en El Aromo nº 73

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¿Usted cree que la flexibilidad laboral es producto de algo llamado “neoliberalismo”? ¿Piensa que todo eso es cosa de los ’90? Si lo convencieron de semejantes barbaridades, lea esta nota. Va a enterarse que la ofensiva patronal tiene bastantes años y que el mismísimo Perón fue uno de sus abanderados.

Marina Kabat
GIHCOA-CEICS

“Flexibilidad laboral” es un concepto engañoso. Supone que históricamente ha existido un “empleo típico” (trabajo fijo, en blanco, donde el obrero goza de cierta estabilidad), que luego, merced a las políticas neoliberales y a cambios técnicos, habría sido vulnerado. Sin embargo, este idealizado “empleo típico” nunca ha existido y las condiciones laborales siempre estuvieron sometidas al arbitrio de las cambiantes relaciones de fuerza entre burguesía y proletariado. Naturalmente, en todo momento la clase obrera brega por que se fije la regulación más completa posible al consumo de la fuerza de trabajo, mientras que es interés patronal “flexibilizar” dicha normativa. Pueden identificarse distintos momentos en que esta confrontación es más aguda y que la burguesía desarrolla fuertes ofensivas con el objetivo de “flexibilizar” normas legales o prácticas de hecho extendidas en los lugares de trabajo.
A inicios de la década de 1950, Perón lideró el ataque burgués a la clase obrera. Esta cruzada se libró en nombre de la productividad. Constituyó uno de los momentos más fuertes de enfrentamiento social relativo a las condiciones laborales, porque la burguesía se dispuso a atacar cuando fracciones del proletariado aún mantenían una actitud ofensiva y estaban bregando por mejorar sus condiciones laborales.
En particular, los obreros  buscaban ampliar la estabilidad laboral por la vía de mensualizar el personal jornalizado, poner límites a la intensidad del trabajo a través de la abolición del trabajo a destajo y ampliar la cobertura del convenio al conjunto de los obreros de la rama (subcontratados, trabajadores a domicilio y otras modalidades). Algunos gremios ya habían conseguido estas conquistas (gráficos, calzado y cerveza, habían logrado eliminar el trabajo a destajo, por ejemplo), mientras que otros bregaban por ellas. Por ejemplo, los metalúrgicos, en una importante huelga en el 54, tenían la eliminación del destajo como uno de sus objetivos principales. Sin embargo, la patronal buscaba avanzar exactamente en el sentido opuesto: en muchos casos los empresarios se negaban a negociar salarios si antes no se discutían medidas que propiciaran aumentos de la productividad
La negociación colectiva celebrada en 1954 reflejó esta creciente tensión. El resultado fue disímil: hubo sectores que consiguieron alguna mejora parcial. Otros, por el contrario, no lograron un resultado positivo a sus nuevas demandas, pero al menos bloquearon la ofensiva burguesa. Finalmente, un grupo importante de los convenios firmados dio plena satisfacción a las aspiraciones patronales. El resultado del cuadro general fue una avanzada de conjunto de los intereses del capital que, con distinta intensidad, se manifestó en casi todos los sectores.

Intentos de regimentación

Tras algunos años de bonanza, en 1949 el gobierno peronista enfrentó una crisis económica, lo que repercutió en una presión creciente por la productividad obrera y la interrupción del crecimiento de los salarios, para iniciar un retroceso. En 1952, se lanzó el Segundo Plan Quinquenal. Uno de sus objetivos fue el incremento de la productividad. Paralelamente, se congelaron salarios por dos años, frenando el desarrollo de paritarias.   En este contexto, en 1953 fue sancionada la ley 14.250 que regulaba la negociación colectiva y establecía la necesidad de homologación estatal de los convenios para ratificar su validez. En 1954, se reabrieron las paritarias, dando lugar a la primera ronda de negociación colectiva al amparo de la nueva reglamentación.
Tras dos años de congelamiento salarial, en un contexto inflacionario, Perón anunció que en adelante los aumentos salariales iban a ser mínimos y que los mayores ingresos estarían condicionados al incremento de la productividad. La negociación se desarrolló en paralelo a los preparativos del Congreso de la Productividad y Bienestar Social. Este congreso era una iniciativa oficial tendiente a generar un avance sobre las condiciones laborales. Se buscaba generar acuerdos concretos en relación a las principales demandas empresarias, a saber: reducir el ausentismo obrero, eliminar las trabas a la implementación de salarios por producción, reglamentar el accionar de las comisiones internas y eliminar los obstáculos a la movilidad de la fuerza de trabajo dentro de las empresas. Es decir, modificar los sistemas de escalafón y categorías que impedían la rotación de obreros entre distintos puestos de trabajo. No obstante, el empresariado observaba cómo el evento concluía sin que se tomase ninguna resolución positiva sobre los puntos que le preocupaban: no se reglamentaron las comisiones internas, ni se votaron medidas concretas para el desarrollo de sistemas de estímulo a la productividad, tampoco se dispusieron resoluciones contra el ausentismo obrero. El sistema de categorías laborales y las normas que frenaban la reasignación de funciones a los obreros dentro de las plantas continuaron vigentes [1].  En el plano general, no se logró avanzar en ninguna de las medidas que la burguesía propugnaba.
En cambio, a nivel de las ramas, el panorama fue extremadamente diferente. Si bien, existió una fuerte heterogeneidad (con contrastes muy notables), no hubo casi ningún sector donde la avanzada patronal no haya dejado huella en por lo menos alguna cláusula. Del mismo modo, todas las formas de “flexibilidad” que actualmente se consideran como vástagos del “neoliberalismo”, se encontraban presentes en esta, la primera ronda de negociación colectiva que se realizó en la Argentina al amparo de la ley peronista.

Horarios menemistas

Encontramos, en esa negociación, mecanismos de flexibilización horaria bajo la forma de equipos con turnos rotativos de trabajo, jornadas de trabajo que no se medían en forma diaria, sino en base al promedio semanal de horas trabajadas y artículos que establecían la obligatoriedad de la realización de horas extras, si el empleador lo requería.
El convenio firmado por FOETRA con la Compañía Stándar Electric establecía que: “El personal se compromete a horas extras o trabajo nocturno si hiciera falta.” (Expediente 2553/54, art. 17.) Por su parte, el convenio de las empresas subsidiarias de firmas petroleras habilitaba la existencia de grupos de trabajo rotativos y una jornada de trabajo flexible.  El personal que participaba en equipos de turnos rotativos, debía trabajar 48 horas continuas y descansar otras 48 (Expediente 230678, Convenio colectivo de Trabajo –CCT- 77/54, art. 8.). También en la industria cervecera se registró la modalidad de “equipos de trabajo rotativos”. El artículo 51 señalaba que “Al personal que trabaje 48 horas en turnos rotativos, le serán compensadas 4 horas semanales” y, el 52, especificaba: “Para el personal de turnos rotativos o equipos se mantiene la anulación de los recargos por trabajar día domingo, salvo que fuera feriado nacional…” ( CCT 255, arts. 51 y 52).  De igual modo, en vez de una jornada diaria de trabajo se establecía una jornada semanal que pudiese repartirse en forma variable: “jornada de 45 horas semanales con pago de 48 (…) y su distribución se convendrá entre las partes en cada caso” (art. 49). A su vez, según el artículo 57, los capataces cumplirían 45 horas semanales de trabajo cuya distribución se fijaría a conveniencia de partes.
Cabe aclarar que, a estas formas “modernas” de flexibilidad horaria, se sumaba la arrolladora presencia del trabajo a jornal: cuando hay trabajo, los obreros trabajan y cobran, cuando no, no. En muchos gremios los obreros solicitaban la mensualización o una garantía de un mínimo de días trabajados al mes. Obreros de la industria láctea y de los molinos reclamaron sobre esto, sin éxito (Expediente 229554,  CCT 129/54; Expediente 2231 /54, CCT 119/54).

Polifuncionalidad peronista

Junto con la flexibilización horaria, también observamos, en esas negociaciones, elementos de lo que los sociólogos gustan denominar flexibilidad interna u organizacional, en los sectores donde los empresarios logran imponer la polifuncionalidad. Esto aparecía explícitamente cuando se establecía de la obligatoriedad de realizar “tareas complementarias”. En especial, en el caso de los choferes, se evidencia como uno de los más problemáticos en este punto, pues muchos gremios reclamaban que los trabajadores no debían participar en la carga y descarga de bultos, pero –salvo en el caso de la industria cervecera- se explicitó que sí debían colaborar.  Varios trabajadores se vieron afectados también por otros mecanismos: era frecuente que la estabilidad en la tarea quedase restringida a los obreros más calificados (oficiales o suboficiales), mientras que los menos calificados no encontrasen amparo legal en este terreno. Además, hay sectores donde no se terminaban de definir las tareas y esto habilitaba al empresario a cierta movilidad de la fuerza de trabajo.
Asimismo, hubo ramas donde, pese a que los obreros solicitaron una clasificación de tareas, ésta no se realizó, como en el caso de subsidiarias de petróleo (Expediente 230678, CCT 77/54, fs 26). En otras, se firmaron artículos que indicaban que las categorías eran enunciativas y no prescriptivas. Es llamativo el empleo de este recurso que va a ser ampliamente utilizado desde la década del ’90 para violentar el sistema de categorías. Como ejemplo, el artículo 35.1 del convenio de la rama molinera señalaba que la clasificación “no es limitativa de modo alguno; es decir que un obrero puede realizar dos o más tareas dentro de su jornada de labor” (Expte. 2231 /54, CCT 119/54 , art. 35. 1.). A su vez, el convenio de los aceiteros en relación a la “clasificación del personal” afirmaba:

“La planificación de este convenio no puede traer aparejado cambio alguno en las modalidades de trabajo de cada establecimientos. En este sentido un empleado calificado dentro de una categoría no puede negarse a efectuar circunstancialmente tareas que corresponden a otra categoría superior o inferior.” (Expediente 2517, CCT 229/54, fs. 143).

Un caso de mayor flexibilización de este sistema puede observarse en el convenio por empresa firmado entre FOETRA y Estándar Electric. A través del artículo 22, ésta se reservaba el derecho de modificar tareas y secciones de personal de la fábrica de San Isidro, sólo indicaba que al respecto “escuchará consideraciones razonables de la organización gremial” (Expte. 2553/54,  art. 22).

Compromiso con la flexibilidad

Finalmente, en distintos gremios se firmaron cláusulas de compromiso, donde las partes manifiestaban su  voluntad de promover incrementos de la productividad y se obligaban a obrar conforme a ello. Estas cláusulas, ampliamente difundidas en los ’90, fueron también muy populares en el 1954: los obreros aceiteros, los refractarios y los trabajadores de la cerveza, así como algunos sectores de la construcción, confección y textiles aceptaron incluirlas en sus convenios. Es llamativo que en el caso de los obreros aceiteros, y los obreros del a confección, rama lonas y toldos, ya incorporaran estos artículos a sus propios petitorios:

“El personal comprendido en el presente convenio se compromete a mantener y aumentar la producción cuando las conveniencias o necesidades de la industria o del país así lo requieran como también prestar su más amplia colaboración en la eliminación de obstáculos a la producción.” (CCT 229/54, art. 16. Aceiteros).

Así como también:
“Los trabajadores de la industria deben comprender que el reconocimiento de sus derechos lleva implícito el de sus deberes y que para el ejercicio de los primeros se impone el cumplimiento de los segundos concretados en el siguiente decálogo: 1, Frente al derecho a trabajar, la obligación de producir; 2. Frente al derecho de la retribución justa, la obligación de compensar el salario con rendimiento (…) Frente al derecho a  la defensa de los intereses profesionales, la obligación de no utilizar las armas de la defensa para el ataque cuando este puede significar el desequilibrio de las fuerzas en que descansa el porvenir de la República y a felicidad de sus hijos” (CCT 221/54 Expte. 2725/54 fs. 5 y ss.).
El texto acordado por los trabajadores refractarios fue más ambiguo, pues la mención de las comisiones internas como mediadoras y garantes de este compromiso resultaba problemática. Pero, el artículo era, al mismo tiempo, más específico en sus objetivos puesto que se enunciaba que se esperaba cumplir íntegramente la jornada de trabajo sin interrupciones:

“Tanto los obreros por intermedio de sus comisiones internas, como los patrones se comprometen a tomar todas las medidas conducentes al aumento de la producción, eliminando por ambas partes todas las circunstancias y convenios que la limiten. Los obreros se obligan a cumplir la jornada de trabajo legal completa, sin interrupción injustificada, ni limitaciones a la producción. Además cualquier cambio en las condiciones de trabajo que implique un perfeccionamiento técnico o un nuevo sistema de trabajo más racionales, tendrán que traducirse en un aumento de producción en la medida correspondiente, y de común acuerdo con la comisión” (Expte. 228966, CCT 104/54, art. 35).

Por su parte, tanto el texto pactado por los cerveceros, como el rubricado por los obreros de la construcción con los empresarios de la cal y el firmado por los empleados textiles con la firma Sociedad Nuevas Industrias Argentinas Fibras Artificiales S.A.I.C habilitaban a futuro una reconsideración de las reglamentaciones vigentes para adecuarlas a los imperativos de la productividad:

“las partes contratantes estimando que en la industria pueden existir factores que resienten la mayor producción y/o productividad, convienen de común acuerdo promover la revisión de cláusulas existentes que se opongan a la amplia y recíproca colaboración entre el capital y el trabajo, dejando expresado a la vez el sentir de las partes, de que es deseo unánime el llegar a producir la mayor cantidad de bienes de consumo al más bajo costo posible, propendiendo de esta forma a consolidar los beneficios del presente convenio.” (CCT 255, cap. II. art. 8. )

En el caso de la cal, puede leerse:

“Tanto obreros como patrones  se comprometen a tomar todas las medidas conducentes  al aumento de la producción eliminando ambas partes todas las circunstancias que la limiten” (CCT  73/54 UOCRA y Cámara de la Industria  de la Cal, art 16)

Y, en el caso de los textiles:

“De acuerdo al Segundo Plan Quinquenal las partes derogan cláusulas que se opongan o puedan oponerse a una mayor producción” (CCT 206/54 empleados textiles con  la firma Sociedad Nuevas Industrias Argentinas Fibras Artificiales S.A.I.C, art. 4)

Tercerización

El expediente correspondiente al convenio 143/54 firmado por la Unión Ferroviaria y la Empresa Nacional de Transporte muestra claramente la política laboral impulsada por el gobierno. El convenio firmado solo incluía contenidos salariales. Esto se debió a la resistencia obrera, ya que el estado promovió infructuosamente una amplia reforma de estatutos reglamentos y artículos vigentes de convenios previos en pos de racionalizar los ferrocarriles. Al igual que muchas patronales del sector privado, la ENT se negaba a acordar incrementos salariales si los obreros no accedían primero a firmar nuevos reglamentos y estatutos.  El expediente completo de la negociación paritaria conserva la copia de la propuesta presentada por el Estrado como patronal. Dentro de los cambios propuestos, se solicitaba eliminar la obligación de nombrar al personal como efectivo tras 365 días trabajados en calidad de provisorios. Al mismo tiempo, abogaba por que se le negaran derechos sociales y laborales a los provisorios. “tampoco resulta explicable que un agente que recién ingresa y que aún mantiene la condición de provisorio, tenga todos los derechos que solamente deban acordarse al personal efectivo.” Para abaratar costos la empresa estatal proponía “Alargar los plazos de entrega de vestuario y restringir otros”, (especialmente otorgarlo solo a efectivos). Otras medidas apuntaban a flexibilizar la jornada diaria o semanal de trabajo. Entre los trabajadores que ya tenían francos por ciclos, se propuso alargar los mismos pasando de un ciclo de 14 días con dos francos fijos a uno de 21, con 3 francos (uno solo  fijo y dos móviles). Además, se promovió una jornada discontinua de 14 horas para el personal  de las estaciones de bajo tránsito, en lugar de la prestación continua de 8 horas. También se impulsó un sistema de francos acumulados, en lugar del descanso semanal obligatorio. Se proponía que se computaran 4 días por mes acumulables semestralmente, con el fin de no tener que pagar a un relevante para cubrir el franco semanal.

Una cosa que empieza con P…

El patrón no compra a usted el trabajo del obrero, sino la capacidad para trabajar por un determinado período de tiempo (la fuerza de trabajo). Todo capitalista, intentará obtener de esa capacidad, así adquirida, más valor del que ha pagado por ella, por eso procurará hacer de ella el uso más intenso posible. La plusvalía es precisamente esa diferencia del valor pagado por el capitalista bajo la forma de salario y el valor que obtiene mediante el trabajo de sus obreros. Esa cosa hermosa para el patrón, la plusvalía, es la fuente de sus ganancias. Desde el nacimiento del capitalismo los obreros intentaron regular las condiciones de consumo de la fuerza de trabajo, limitando la explotación y reduciendo la tasa de plusvalía, mientras que los empresarios han procurado siempre flexibilizar toda normativa que restringiera su potestad. Por eso, la flexibilidad laboral no es una inventiva reciente producto de los gobiernos neoliberales, sino que representa las aspiraciones permanentes de la burguesía. Se presenta como tal, en determinados momentos históricos. Es decir, frente a las conquistas sindicales previas, los momentos de contraofensiva burguesa aparecen como etapas de flexibilización laboral. La segunda presidencia de Perón, constituye precisamente uno de estos momentos en la historia argentina. El golpe del ‘55 y la Revolución libertadora, así como la posterior construcción del mito de un “Perón socialista” contribuyeron a borrar  de la memoria histórica la brutal ofensiva contra la clase obrera que Perón lideró en su segundo mandato. Esto fue posible porque el ataque quedó trunco y no llegó a plasmarse en una derrota general que no pudiese ser olvidada. Pero ahí están los convenios de 1954, para mostrarnos las consecuencias de aceptar la dirección de un general que, en realidad, dirigía el asalto enemigo.

Notas

1 Kabat, Marina: “El congreso de la Productividad de 1955 un análisis desde los enfrentamientos de la industria del calzado”, enRazón y Revolución, nº 17, 2º semestre de 2007.

Imagen: Evita castigando al niño marxista-leninista, de Daniel Santoro.

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