Fuera Marisa Herrera de la CEDAW

en Novedades/Trece Rosas

El 19 de agosto, Felipe Solá, junto a la Ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, ha anunciado como candidata argentina al comité de la CEDAW, para 2021-2024 a la abogada Marisa Herrera.

La CEDAW es la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Ley 23.179) a la que Argentina adhirió hace 35 años. Este tratado internacional firmado y ratificado por casi todos los países del mundo define así la “discriminación contra la mujer”:

“A los efectos de la presente Convención, la expresión ‘discriminación contra la mujer’ denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el SEXO que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y de la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.”

Ahora bien, ¿quién es Marisa Herrera? La candidata es investigadora del CONICET desde el año 2006 especializada en temas de familia, infancia y adolescencia y tuvo una participación central en la reforma del Código Civil y Comercial del año 2015. Así fue como, gracias a su intervención, se incorporó en el Código el concepto de “voluntad procreacional” para sostener las TRHA (Técnicas de Reproducción Humana Asistida). Por la “voluntad procreacional” se considera la procreación debe fundarse en un deseo (una voluntad), luego ese deseo se liga a las TRHA, técnicas que se colocan en el campo de los DDHH. Como consecuencia de la reforma hemos visto proliferar a partir del año 2016 los proyectos de ley de “gestación subrogada/por sustitución”, lo cual prueba cómo la reforma del Código sentó las bases para legislar acerca de la explotación reproductiva de las mujeres. La legislación argentina ha quebrantado en el 2015 esa delgada línea que convirtió el deseo individual en un derecho social. Y lo hizo de la mano de Herrera, quien sostiene que, habida cuenta de que los casos existen, la práctica debe ser regulada[1]. No se le ocurre a Herrera que la explotación reproductiva no puede ser regulada, sino que debe prohibirse.  

La candidata, un producto refinado del populismo progre k, se inscribe en el “feminismo de la tercera ola”, interseccional, en el cual se multiplica hasta el infinito las determinaciones todas al mismo nivel y el sujeto político mujer del feminismo se diluye hasta desaparecer. La bibliografía favorita de Herrera para sus fundamentaciones legales es Judith Butler. Nadie que se proponga defender los derechos de la mujer puede sostener que ser mujer es una elección, una opción o una performatividad. Para muestra basta un botón: “Las personas trans han cambiado la asignación social varón/mujer en la que se encontraban encasilladas, no sintiéndose identificadas con el sexo jurídicamente asignado al nacer.” Y luego en el mismo texto para justificar las TRHA y el alquiler de vientres: 

“(…) advirtiéndose el supuesto fáctico-jurídico por el cual una persona solicite la rectificación de su identidad de género del femenino al masculino sin haberse sometido a intervención quirúrgica alguna, por lo cual podía quedar embarazado. En este supuesto no se estaría jurídicamente ante un seno ‘materno’, de allí la pertinencia de su supresión para ser coherentes con la ampliación de derechos de la comunidad trans. Esto muestra cómo la deconstrucción de las concepciones “tradicionales” de sexo y género, propio de la corriente performativa de la tercera ola, instó esta armonización del texto civil.”[2]

La candidata niega que la biología de las mujeres sea la condición de posibilidad para la reproducción humana, fundándose en que hay personas que se autoperciben hombres y pueden gestar. Pues si pueden gestar, la autopercepción no tiene ninguna importancia. Solo pueden gestar porque son biológicamente mujeres. Esta operación ideológica por la cual la autopercepción puede modificar la realidad material, tanto histórica como biológica, de la humanidad, constituye la maniobra por la cual se legisla la explotación reproductiva. Esto es lo que las feministas denunciamos como “borrado de las mujeres”.

Herrera no puede ser más explícita: es pertinente suprimir (a todas las mujeres) para ser coherentes con la ampliación de derechos de la comunidad trans. Está todo dicho.

Las feministas nos oponemos a la explotación sexual y reproductiva de las mujeres, por lo tanto no aceptaremos ninguna maniobra ideológica que, con la cobertura de la supuesta ampliación de derechos, nos imponga la pérdida de los nuestros.

Trece Rosas repudia la propuesta de Marisa Herrera como representante ante la CEDAW porque no defiende ni representa los intereses de las mujeres.

NoNosBorrarán

ContraBorradoMujeres

VindicamosNoOfendemos


[1]https://www.tiemposur.com.ar/nota/135120-marisa-herrera-advirtio-de-la-necesidad-de-regular-gestacion-por-sustitucion

[2]file:///C:/Users/Usuario/Downloads/Dialnet-ElDerechoDeLasFamiliasDesdeYEnPerspectivaDeGeneros-6987732.pdf

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