La ley y la trampa. Socialistas y anarquistas en las luchas de la rama textil (1910-1940)

en El Aromo n° 32

Por Silvina Pascucci

Grupo de Investigación de la Clase Obrera Argentina – CEICS

La problemática del trabajo en negro, en condiciones ilegales y precarias, es un fenómeno que se acrecentó de manera sustantiva en los últimos treinta años. A la pérdida de conquistas obreras, cristalizada legalmente a partir de la flexibilización laboral, se suma que en muchos casos ni siquiera se cumple la tibia legislación vigente. En algunos sectores, estos problemas adquieren una relevancia mucho más dramática y peligrosa, y uno de ellos es, sin lugar a dudas, la confección de indumentaria. Pero este fenómeno no es algo nuevo en la rama. Por el contrario, el incumplimiento de la legislación laboral y las condiciones de superexplotación del trabajo fueron una realidad cotidiana para los trabajadores de la confección durante todo el siglo XX, en particular para las costureras que realizaban sus tareas en talleres de intermediarios, o en sus propios domicilios

Letra muerta

En 1918 se aprobó la Ley 10.505, que reglamentaba el trabajo a domicilio. La ley obligaba a los empleadores a cumplir una serie de disposiciones sobre seguridad, higiene, condiciones de trabajo, control y establecía tarifas de salarios mínimos por prenda. Sin embargo, según indican las fuentes, la principal lucha de los trabajadores, que hasta el momento había estado centrada en lograr la promulgación de la ley, debió dirigirse, de manera sostenida, a lograr su cumplimiento. El proceso de creación y elaboración de la norma fue, ya desde sus inicios, complicado.

En efecto, el 25 de septiembre de 1913 el Congreso autorizó el nombramiento de una Comisión Interparlamentaria para estudiar las condiciones en que se desarrollaba el trabajo a domicilio. Esta comisión presentó el informe, redactado por el senador socialista Del Valle Iberlucea, cuatro años después, en septiembre de 1917. En el propio informe se aclaraba que la demora se debió a problemas de fi nanciación, ya que el Senado no aprobó los reiterados pedidos de recursos y de personal, necesarios para realizar las inspecciones.1 Una vez sorteadas estas difi cultades y aprobada la ley, los trabajadores domiciliarios de la confección de indumentaria (al igual que los del calzado), no se vieron benefi ciados por los derechos que dicha ley reglamentaba, ya que era continuamente incumplida. La respuesta a este fenó- meno fue en muchos casos la huelga. Una de las más importantes fue la de 1919, que se desarrolló en la empresa Gath y Chaves, pero que se extendió a más de 20 casas de confección, y se mantuvo durante cuatro meses, desde abril hasta julio.2 Este confl icto fue organizado y llevado a cabo por varios sindicatos de ofi cios, entre los cuales se destacó la Unión de Cortadores de Confecciones, la Unión de Obreros Sastres y la Unión de Obreros Sastres, Cortadores, Costureros y Anexos. Los pliegos de condiciones presentados en los distintos lugares de trabajo hacían referencia a los siguientes reclamos: reconocimiento de los sindicatos, jornada de 8 horas, descanso dominical, libreta de control para el trabajo a domicilio, control del sindicato de los puestos de trabajo, no obligación de realizar horas extras y, por supuesto, cumplimiento del ley 10.505.

Participaron del conflicto los diferentes oficios relacionados con la confección de indumentaria (sastres, costureras, cortadores, chalequeras, pantaloneras, planchadoras, pompiers, etc). También se integraron los empleados de comercio, principalmente de Gath y Chaves, con reclamos similares. Asimismo, fueron importantes, en varias oportunidades, las huelgas de solidaridad, como por ejemplo el caso de la fábrica de camisas Dominomi, en la cual “las planchadoras descubrieron que repartían camisas de Gath y Chaves para planchar, y se negaron en solidaridad con sus compañeras en huelga”.3 Por la magnitud de la huelga, finalmente se lograron aprobar los pliegos de condiciones presentados en la mayoría de las empresas. Sin embargo, los trabajadores debieron mantenerse atentos para garantizar que estos pliegos se cumplieran. En medio de estos reclamos y denuncias de los trabajadores de la confección por el incumplimiento de las tarifas, resulta llamativa la circular aparecida en el diario La Vanguardia en 1933, publicada por un Estudio de Abogados, en la cual aconsejan a las empresas legalizar los salarios del trabajo a domicilio, bajo la amenaza de las multas que aplica el DNT. Ofreciendo sus servicios y asesoramiento, el estudio jurídico interpela: “¿No le convendría a Ud. legalizar el pago que hoy efectúa al margen de la ley?”4

Sin embargo, resulta claro que los empresarios de la confección no se vieron tentados por este ofrecimiento, ya que las luchas por el incumplimiento de la ley de trabajo a domicilio se mantuvieron durante todo el período. Los sindicatos entendían que el único modo de garantizar el cumplimiento de la legislación era por medio de la organización de los trabajadores y por ello llamaban constantemente a la movilización y concientización del gremio: “Es inútil que se sancionen leyes y se confeccionen tarifas si después los obreros no se disponen por medio de la organización a que estas leyes y tarifas se cumplan”.5 Como bien lo declaran los trabajadores, la sanción de las leyes no garantizaba su cumplimiento. En este sentido, resulta importante cuestionar, a la luz de estas evidencias empíricas, las referencias que historiadores como Luis Alberto Romero realizan en relación al desarrollo de la “cuestión social”, como característica de un nuevo período (que sería inaugurado a partir del gobierno de Irigoyen) de características reformistas y más sensible a las condiciones de vida de la clase obrera.6 Por el contrario, durante las primeras décadas del siglo XX, el nivel de conflictividad obrera se mantuvo alto y sólo se logró contener mediante feroces represiones, no por la sanción de leyes que mejoraran realmente sus condiciones de trabajo y de vida.

Por rama y combativo

El desarrollo del capitalismo favorece, por la tendencia a la destrucción de los oficios, la creación de sindicatos por rama, es decir, que no organizan sólo a los obreros que desempeñan un oficio en particular, sino a todos aquellos que trabajan en una determinada industria. Este proceso potencia la capacidad de negociación y enfrentamiento de la clase obrera y evita la competencia entre los trabajadores, por la descalificación y degradación del trabajo. En la rama de la confección, si bien siguieron existiendo los sindicatos de oficios, ya desde principios de la década del ´30 comenzó a organizarse el Sindicato Obrero de la Industria del Vestido (SOIV) cuyos dirigentes provenían del Partido Socialista. Este sindicato nucleaba a todos los trabajadores de la rama, en diferentes secciones. La consolidación del SOIV generó fuertes confl ictos con el antiguo sindicato anarquista, Unión de Obreros Sastres, Cortadores, Costureros y Anexos (UOSCCyA), que estaba organizado a partir de oficios. Pero las diferencias entre los sindicatos no referían exclusivamente a la forma de organización, sino también, y fundamentalmente, a la estrategia política y de lucha que cada uno propulsaba. En efecto, mientras la UOSCCyA, mantenía una tradición más combativa y reacia a la negociación, las influencias socialistas en el SOIV lo volvían más proclive a la negociación institucional, tanto con el DNT como con los patrones. A comienzos de 1934, y en preparativos de una importante huelga que se desataría unos meses después, la UOSCCyA realiza un

“llamado a los millares de explotados de la aguja que, como en muchas otras oportunidades, comienzan a comprender la importancia de la organización, engrosando las fi las del único sindicato del gremio que interpreta realmente sus intereses, formando nuestra fuerza, capaz de frenar la rapacidad de los patrones sastres.”7

La huelga se extendió rápidamente y llegó a contar con casi 6.000 obreros que cesaron sus actividades y se movilizaron por sus reivindicaciones. En este contexto, el SOIV mantenía una actitud ambigua y dubitativa, ya que si bien no se manifestaba directamente hostil al confl icto, tampoco asumía una participación activa. Como consecuencia, y en el contexto de una asamblea convocada por el SOIV para tratar la posibilidad de unifi cación del gremio, “los delegados de la UOSCCyA les pidieron a los delegados del Sindicato del Vestido que de- fi niesen su actitud frente a una huelga general que están preparando.”8 El SOIV, por su parte, comenzó a plantear la necesidad de convocar a nuevas comisiones mixtas, integradas por los distintos sectores, para negociar modifi caciones a la ley 10.505, comisiones que muchas veces no se realizaban por la negativa de los propios patrones. Justamente estas comisiones lograron efectivizarse sólo una vez ganada la gran huelga de 1934, cuyo triunfo llevó a imponer los pliegos de condiciones en todas las empresas. También en el ámbito de la negociación, ambos sindicatos presentan importantes diferencias. En las comisiones mixtas convocadas por el DNT en 1935, con motivo de discutir y fi jar una nueva tarifa de salarios para las distintas secciones del trabajo a domicilio, se evidencian las estrategias de cada organización. Mientras el SOIV expresa que

“teniendo en cuenta que lo importante es que la tarifa se cumpla y que no es cuestión de peso más o menos, ha aceptado las pequeñas rebajas que trae el anteproyecto en relación a la tarifa vigente, con el propósito de eliminar dificultades y asegurar, justamente a los efectos del cumplimiento, la acción coordinada de la entidad patronal con las entidades obreras.”9

la UOSCCyA se mantiene intransigente y sostiene

“que las tarifas actuales deben mantenerse por estar completamente de acuerdo con el costo de la vida; que se opondrán a las rebajas proyectadas en el proyecto presentado, no sólo en virtud de las razones antes expresadas sino porque estiman que no puede alegarse, dada la insignificancia de esas rebajas -un peso más o menos para cada prenda-, que de ellas pueda depender el cumplimiento de la ley”.10

Como balance general queda claro que, si bien el SOIV planteaba acertadamente la necesidad de organizar sindicatos por ramas, federados a nivel nacional, sus dirigentes socialistas imponían un programa de conciliación de clases, que lo llevaba a evitar la confrontación directa y a ceder frente a las demandas del capital. Por el contrario la UOSCCyA, cometía el error de organizar a los trabajadores por ofi cios, manteniendo divisiones y competencias que, muchas veces, el propio avance del capitalismo anulaba. Pero es reivindicable su tendencia a la acción directa y a sostener un enfrentamiento más combativo, lo cual condujo a la victoria de la huelga de 1934.

Notas

1 La Vanguardia (LV), 21 de septiembre de 1917.

2 LV, abril, mayo, junio y julio de 1919

3 LV, 5 de junio de 1919

4 LV, 26 de agosto de 1933

5 LV, 18 de agosto de 1934

6 Véase Kabat, Marina: “Los primeros gobiernos radicales y la “cuestión social”: la ley 10.505 sobre trabajo a domicilio”, en Razón y Revolución, nº 11, invierno 2003.

7 LV, 7 de febrero de 1934

8 LV, 19 de mayo de 1934

9 Boletín del Departamento Nacional del Trabajo (BDNT), febrero-marzo-abril de 1935, p. 4163

10 BDNT, op. cit., p. 4162

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