El gobierno cumplió su promesa con los empresarios y presentó un proyecto de modificación de la Ley de Riesgos de trabajo. La reforma que propone Macri persigue el mismo objetivo que las que realizaron Menem y Cristina: abaratar los “costos laborales” de los empresarios y limitar la reparación que reciben los obreros por los accidentes y enfermedades que les causa el trabajo.
Durante el menemismo, en 1995, se dicta la ley 24.557. Se hizo obligatoria la contratación de una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) por parte de las empresas y se crearon las Comisiones Médicas. Estas son parte de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo y están integradas por médicos encargados de dictaminar si una enfermedad o accidente es laboral o no y el carácter o grado de incapacidad del trabajador. Actúan cuando el trabajador opta por la “opción civil con renuncia”, para someterse a su decisión y cobrar relativamente rápido sin pasar por la instancia judicial. Judicialmente las Comisiones Médicas fueron declaradas inconstitucionales, tanto porque se les atribuye competencias judiciales (los médicos reemplazarían al órgano judicial sin tener la idoneidad necesaria), como por ser groseramente parciales: las Comisiones Médicas son financiadas por las ART. Es decir que los médicos que deben resolver cuestiones jurídicas en las cuales son parte las ART, son retribuidos con los fondos que estas aportan.
La reforma menemista también consagró que la responsabilidad civil del empleador por los accidentes o enfermedades laborales solo se limitaban a los casos de dolo (intencionalidad del empleador de producir el daño). Sin embargo, en el año 2004 la Corte Suprema declaró esto inconstitucional en el caso “Aquino” porque eximía al empleador de toda responsabilidad civil. Así, se abría la posibilidad para que el trabajador pudiese reclamar judicialmente la indemnización, lo que se llamó “doble vía”. La doble vía fue usada para obtener las indemnizaciones “rápidas” y tarifadas que brinda el régimen de Riesgos de Trabajo y de reclamar en la Justicia (al mismo tiempo o posteriormente) las diferencias que correspondieren para compensar la totalidad de los daños sufridos por el trabajador.
En 2012, y como respuesta a las quejas por la “industria del juicio”, que habría habilitado el fallo de la Corte, el kirchnerismo sancionó la ley 26.773, con la cual se retornó al sistema de opción excluyente. Una vez más, se obligaba al trabajador a elegir por la indemnización tarifada de la ART o por el reclamo judicial, sin posibilidad de tomar ambas vías. Pero se agregó un agravante: en el caso de que el trabajador optara por la acción judicial estaría obligado a litigar ante jueces civiles y no ante jueces laborales. Esto lo coloca en una peor situación, ya que en el fuero civil se toma a las partes como si estuvieran en igualdad de condiciones. Esto significa que el afectado no es sometido a un proceso bajo los principios y reglas del derecho del trabajo, en especial el “principio protectorio” que tiende a tutelar a la parte más débil: el trabajador.
Pero las ansias del kirchnerismo de disminuir los juicios no lograron ser saciadas y estos fueron en aumento. Los juicios, en vez de apuntar contra el empleador, fueron contra las ART y las inconstitucionalidades de las Comisiones Médicas. El costo de estos juicios se traslada a las empresas, que debido al crecimiento de los juicios deben costear el incremento de los seguros del sistema pagando costos laborales mucho más altos.
Acá es donde encaja la reforma macrista, que busca restringir aún más el acceso a la Justicia. Macri intenta constituir como obligatorias las instancias de las Comisiones Médicas. En el caso de que el trabajador no estuviese de acuerdo con lo que estas comisiones dispongan, no podría acudir a la justicia, sino que tendría que solicitar la revisión de la resolución ante la Comisión Médica Central (otra instancia administrativa más), sin poder aún percibir las indemnizaciones que hayan sido reconocidas. Luego de todo este laberinto administrativo, finalmente podría recurrir a una instancia judicial. Pero el proyecto propone que los juicios tengan lugar en el fuero de la Seguridad Social y no en el laboral. Este fuero fue creado para atender los reclamos de jubilados y pensionados que litigan contra el Estado o contra el ANSES y actualmente se encuentra colapsado. Nuevamente, se aparta al trabajador del derecho laboral que le corresponde.
El proyecto macrista mantiene la columna vertebral de la ley menemista y la reforma kirchnerista: una clara restricción al acceso a la justicia y una avanzada sobre derechos y garantías constitucionales de los trabajadores que pretenden reclamar la reparación de los daños sufridos. Todos los gobiernos han escuchado siempre los reclamos de las empresas que intentan reducir los costos laborales, mientras a los trabajadores nos siguen recortando derechos por todos lados. En esta sociedad, las ganancias de los empresarios importan más que nuestra salud.