Por Emiliano Greco
Había una vez en la provincia de Bs. As. un sistema previsional para los docentes que tardaba mucho en beneficiar a sus causantes debido al tiempo que demoraba la Dirección general de Cultura y Educación (DGCyE) en confeccionar la certificación de servicios (código jubilatorio). Por lo cual el Instituto de Previsión Social (IPS) implementó en el año 2006, por medio de la Resolución 18/6 un procedimiento para automatizar el proceso jubilatorio y, por ende, brindar inmediatamente los beneficios de la jubilación de manera transitoria mientras se iba gestionando la jubilación definitiva1.
Por entonces, quienes contaban con los requisitos legales establecidos por el Decreto-Ley Nº 9650/80 (Régimen Previsional) podían optar entre dos formas de jubilarse: por cese definitivo o por cierre de cómputos. En el primero de los casos, el docente cesaba en su actividad y pedía un anticipo del 60% (por mes, claro) del último sueldo mientras tramitaba la certificación de servicios en la DGCyE. Tal anticipo vendría a ser como un préstamo que le otorga la DGCyE al docente, y una vez obtenida la jubilación definitiva se le descontaba, del retroactivo que percibía, el 60% por cada
mes que hubiera cobrado. El problema era que el anticipo (que no olvidemos, consistía en el 60% del último sueldo) quedaba congelado hasta que finalizara el trámite jubilatorio, es decir, por espacio de dos o tres años. Se producía entonces una pérdida de capacidad de compra del haber jubilatorio anticipado del docente ya que su salario no tomaba como referencia el valor fijado con posterioridad en las paritarias.
En el segundo de los casos, el docente debía continuar trabajando hasta obtener la jubilación definitiva y podían pasar ¡hasta 4 años! El problema estaba en que al hacerse el cierre de cómputos el docente, que todavía estaba en actividad, dejaba de sumar aportes y se encontraba imposibilitado de ascender de cargo laboral durante todo ese tiempo de espera. Un congelamiento relativo de su salario, pero por otra vía, con el agravante de que seguía trabajando. Así, en 2016, surgió la Jubilación Automática Docente ( JAD) a través de la Resolución 18/06 del Directorio del IPS. La JAD vendría a ser un mecanismo procedimental de parte del IPS para solucionar los problemas antes mencionados. No es jurídicamente una Jubilación sino un procedimiento para obtenerla. Consiste básicamente en que una vez que el docente cesa en su actividad y luego de que presenta la documentación pertinente en el IPS en los tiempos acordados, comienza a cobrar al mes siguiente una jubilación provisoria (igual al último sueldo en actividad) de manera transitoria (durante 3 años de trámite) hasta obtener la jubilación definitiva. La JAD es para los docentes que ejercen su labor completa en la provincia de Buenos Aires y para quienes se jubilan allí pero hayan ejercido servicios laborales (y por ende, hayan hecho aportes de previsión) en otras jurisdicciones. Este nuevo mecanismo jubilatorio no surgió de la nada ni fue un favor del Estado a los trabajadores de la educación. Fue la docencia movilizada la que protagonizó una serie de jornadas de lucha e impulsó su implementación y aplicación. Pero la endeblez con la que se reguló el nuevo mecanismo deja sujeta la jubilación automática a la correlación de fuerzas entre las partes. El episodio del pasado julio, es un claro ejemplo.
No te vayas JAD…
La Resolución 18/06 es una resolución interna del IPS que está contenida en la Ley 9650. Tal Ley previsional, como cualquier otra, requiere de otra ley para poder introducir modificaciones. El chiste es que la 18/06 establece las condiciones de este procedimiento jubilatorio y al ser una resolución interna el IPS puede derogarla internamente sin intervención alguna del poder legislativo. Esto no es inocente en absoluto. Se trata de dejar libre el camino para vulnerar todo tipo de derechos a los trabajadores de la manera más impune. Y precisamente esto acaba de ocurrir el 18 de julio pasado cuando se introdujo sin aviso ni consulta alguna a los trabajadores, una modificación en la “Documentación necesaria y obligatoria para Iniciación del Trámite”, la cual establecía que para acceder a la JAD “se contemplarán sólo los servicios trabajados en la carrera docente”. Entre otros, los docentes que tuvieran aportes por fuera de la docencia, no habrían podido tramitar su jubilación mediante la JAD y por lo tanto se hubieran quedado sin el beneficio del pago transitorio anticipado del haber jubilatorio. Dicha modificación alteraba la ley de fondo ya que modificaba los requisitos mismos para acceder a la jubilación. Modificaba a la Ley misma, por lo cual no solo se trataba de una cuestión injusta para los trabajadores afectados (retrotraía el circuito jubilatorio a un mecanismo menos beneficioso) sino que, además, era ilegal.
Al día siguiente de producirse tal descaro por parte de las autoridades del IPS, el SUTEBA y la FEB realizaron medidas de rechazo a tal modificación logrando a los pocos días que tal atropello quedara sin efecto. A su vez, el 27 del mismo mes, los mismos sindicatos realizaron nuevas medidas de reclamos. El Suteba por su parte interpuso una denuncia a la Directora de Coordinación de CAP’s del IPS, Celina Alessio, “ante los intentos de burocratizar el acceso a la JAD” ya que “se han observado en el transcurso de tan sólo cuatro meses varias modificaciones en estos requerimientos” (los requisitos para el inicio de tramites de JAD). Y la FEB se reunió con la dirección del IPS donde “se discutieron tiempos de ejecución de trámites, de información, de comunicación, de interpretación de las distintas jurisdicciones, a fin de agilizar y aunar criterios para obtener todos, la misma respuesta”, y presentó “propuestas de trabajo con otras direcciones, como manera de mejorar los procesos y procedimientos para acortar tiempos y mejorar la metodología.” O sea, dicen
defender a los trabajadores pero lo único que hacen es conciliar y negociar con la patronal una “mejora de los tiempos” y demás cuestiones aisladas, en lugar de luchar por los verdaderos intereses de sus representados.
Si bien las medidas de repudio por parte de la burocracia fueron positivas para el conjunto de los trabajadores docentes, no dejan de ser insuficientes: no se cuestionó ni denunció el carácter flexible del marco legal de la JAD ni se exigió por el correcto y ágil funcionamiento de todos los procedimientos jubilatorios, los cuales demoran años; ni se pidió por la implementación y aplicación de la JAD en todo el país. Ni hablar de las sumas de los haberes jubilatorios y otras tantas cuestiones más de fondo como la calidad educativa y las características de la misma, etc. que llevaría a discutir también cómo llegan física y mentalmente, los docentes, a la hora de jubilarse.
Los trabajadores de la educación debemos construir un sindicato docente que defienda realmente nuestros derechos y tome urgentemente todas esas tareas.
En este sentido abogamos por:
• Consolidación y correcto funcionamiento de la JAD en la provincia de Buenos Aires.
• Aprobación y aplicación de procedimientos jubilatorios seguros y eficaces para beneficio de todo el conjunto de los trabajadores en todo el territorio nacional: nacionalización de la jubilación automática docente.
• Recomposición salarial docente con inicial equivalente a por lo menos dos canastas básicas totales para que el haber jubilatorio salga de la línea de pobreza actual.
• Dirección y control de la clase obrera sobre las instituciones responsables de gestionar el sistema previsional, así como sus fondos.
Notas
1 La modalidad más parecida a la JAD es la jubilación Ejecutiva, la cual se gestiona vía on line. El problema es que no todos los trámites pertinentes a cada situación particular pueden realizarse por este procedimiento. Además la DGCyE envía el código jubilatorio directamente al IPS sin permitir corroborar que todo esté correctamente realizado. Tampoco permite corregir y/o reclamar ante posibles (y muy frecuentes) errores, teniendo que esperar hasta la jubilación definitiva para poder
hacerlo
Fe de erratas: en «Así, en 2016, surgió la Jubilación Automática Docente » el año correcto es 2006.
Soy Ángela Margarita Bornes dni 5968595 cobro el anticipo jubilatorio desde hace 5 años ,Quería saber cuanto tarda para que llegue mi jubilación
Mi caso es que cobrando la JAD desde 05/16 no percibo lo que corresponde por haber trabajado simultáneamente por espacio de 30 años en la Munic. de Avellaneda, debo esperar a la resolución definitiva de IPS. Para ello necesito el codigo de la DGE. Mi expte esta en el sector «revista» desde hace un año, es decir falta muchisimo aún. Mi temor es que pasen mucho mas de 3 años para poder cobrar el total de mi haber. Saludos
Se puede frenar una jad tengo fecha de cese 311219
ME JUBILE EL 1/3/2017 POR QUE DEBO ESPERAR TRES AÑOS PARA OBTENER MI CODIGO Y PODER COBRAR EL MAL LLAMADO » PREMIO» SI LOS 32 AÑOS DE SERVIVIOS LOS REALICE EN EL NIVEL INICIAL Y,EN EL MISMO DISTRITO EN ESCUELAS PUBLICA ,
CREO NO SER TAN COMPLICADO
Tengo 20 años en DGE y 5 en dipregep.ya tengo codigo de DGE pero IPS ME PIDE codigo de DIPREGEP ES CORRECTO? CUANDO INICIÉ JUBILACIÓN EN 2014 ANEXE C15
Me Jubile Transitoria por Automática el 01/07/2013. Deseo saber, luego de varias instancias en Seguimiento de trámites Jubilatorios del abc, lo que aparece luego de ……….Resolución-Coordinación(firma)-Resolución-Anticipo Jubilatorio-Mesa de Entradas ->en cuadro de ? aparece ……….»Entrega del trámite finalizado». Espero una respuesta a mi duda.
Me jubile por JAD el 31-07-2013 ,mi tramite esta en codigo desde noviembre de 2016 ,no logro que avance ,me parece que no es normal,podria darme una sugerencia ,quiero saber que puedo hacer.Gracias
buenos días, quisiera saber si pueden ayudarme. Iniciamos el tramite de pensión directa por fallecimiento de mi mamá. Mi padre, comenzó a cobrar en Agosto del 2017. Mi mamá, tenia 10 años de antiguedad docente y 35 de auxiliar. Al momento de fallecer, contaba con dos cargos. Para hacer el tramite más rápidamente, en La Plata, nos procesaron la pensión «automática docente» y la misma es de $7000. Mucho menor a los salarios de mi mamá. Quisiera saber si pueden orientarme porque es ese importe, o bien, si hay que hacer un reclamo donde comunicarme, porque no consigo que me den una respuesta en La Plata. Desde ya muchas gracias.
Puede ser… no se el cargo de tu mama cuanto cobraba en el ultimo recibo… si la antigüedad era de 10 años o ese cargo de auxiliar impacto en la antigüedad… pero tene en cuenta que se cobra el 70% del básico + antigüedad + Decreto agosto/08+ función diferenciada+ bonificación marzo/14. Son, salvo el básico y la antigüedad sumas pequeñas. A eso quitale el % del IOMA que creo es un 6% y, así tendrás mas o menos lo estimado. Lo del segundo cargo es una proporción menor y suele no aparecer junto con el cobro inicial. Generalmente se reajustan los números con el código jubilatorio que suele tardar 3 años en salir. Suerte
Hola, quisiera saber si al tener cese de oficio puedo elegir modalidad. Gracias
En junio de 2016 presente renuncia dado que tenia 65 anos. DIEPREGEP termino los calculos en diciembre de 2017, ES DECIR 18 MESES)contrate abogado, quien presentaba papeles en DIEPREGEP, los mismos eran regresado diciendo que estaban mal, SIN MAS COMENTARIOS, y por cada documento que se presentaba, pasaban 3 meses= en DICIEMBRE DE 2017 cuando termina el calculo por parte de DIEPREGEPme presente en IPS, estiman que demorara pues estan sobrecargados de trabajo. Hay algo que pueda hacer?
Tambien desearia saber si eiste la posibilidad de reclamar a DIEPREGEP algun resarcimiento por el tiempo transcurrido y demora para obtener mi jubilacion. Gracias
Me jubile en 2014 y necesito el codigo de jubilacion conta en algun
Me jubile en el año 2006,con la forma de el pago del 60% , al año empece a cobrar el sueldo que me correspondia,
con la devolucion del 40% que habian retenido,mi pregunta es:donde puedo obtener mi codigo ya que desconocia que
existiera, pueden informarme.-
Gracias
Hola me jublilecon la automática al 1de junio no cobre… entro en el expediente y no hay movimiento figura rectificada y ahora q hago
Hola, quiero saber si el tener sumario sin finalizar al momento del cese afecta en la jubilación o en el código?
ME JUBILE EL 11 DE NOVIEMBRE EL 2015.QUISIERA SABER CUANTO DEMORA LA RESOLUCION. PARA PODER COBRAR EL PREMIO
Hola .Buenos días.Me jubile a partir del 1 de marzo de 2017, de los 31 años que tengo de servicio. Trabaje 31 años en 1 solo cargo y 27 años en doble cargo. Para esperar el código jubilatorio y poder cobrar el porcentaje que corresponde me dijeron que tardaría alrededor de 5 años. Puede ser que tarden tanto tiempo. Cuando en DIPREGEP presente la documentación para que se expidan por años de servicios en el mismo, en Febrero ya me devolvieron el tramite y lo presente en IPS, ese mismo día. Porque DGCy E tarda tanto.
Mi expediente se encuentra en la misma oficina desde febrero 2017. Pueden ayudarme? Muchísimas gracias
Hola me jubile en el 2015, hice Jubilacion Automática por el IPS..todo bien, pero no tengo el código de DGCyE..desde febrero de 2018 está en Asesoria Legal. No hay algún mecanismo para agilizar la finalización del trámite.
Me jubilé en el año 2011 con jubilación automática. Desde entonces espero la definitiva y no tengo aún finalizada. No me corresponde el premio, así que solamente espero la actualización del sueldo y lo retroactivo.
Hola! Me pasa lo mismo. Estoy jubilada por automática desde febrero de 2011 y aún no tengo la definitiva para saber cual es mi sueldo correcto. Qué se debe hacer para agilizar? Más allá de ir y preguntar en la oficina de IPS en La Plata donde me informan lo que ya sé, lo que yo misma controlo vía online.
El próximo 18 de mayo cumplo 25 años en la docencia. Puedo poner como fecha de jubilación el primero de junio o tengo que esperar un mes mas?
Buenas tardes!!!! Soy docente de la provincia de Bs As, estoy próxima a jubilarme. Quisiera saber que tipo de jubilación me conviene tramitar
Gracias. Saludos.
Buenos dias ! Me jubile por JAD el 31 de diciembre de 2011.A fines de enero de 2012 cobre mi primer sueldo como jubilada.En julio de 2016 cobre el premio.Pero…aun no tengo la Resolucion definitiva.Consulto al IPS y en mu exped.figura que en junio de 2018 fue entregado el Codigo Definitivo.
Hola, quisiera saber si la resolución definitiva jubilacion docente la envían al jubilado o la mandan al IPS directamente. Gracias
Buenas noches , hoy abrí la página de jubiladas del IPS, y vi que mi expediente se movió al dto mesa gral de entradas y salidas , casa central .Qué se resuelve en este sector? , cuánto falta para que llegue a su fin??? y cómo me entero si ya está mi retribución especial para poder cobrarla y dónde ??
Buenas, tengo presentada mi pedido de jubilación en elIps , con años de Anses por prorrateo. 21 docente y seis de Anses. Mi expediente está en correlación y tengo fecha de cese para el 31 de Marzo, Sucede esto normalmente???? Estoy asustada.
Buenas tardes … me jubile por jad el 30 de abril del corriente… me pagaron mal el haber correspo diente a mayo, mucho menos de lo que corresponde… la pregunta es si debo esperar a tener el codigo de la dgcye. Para que el ips me calcule Bien la percepcion de los haberes. O sea o puedo reclamar nada antes… Saludos!
Llama al 148 te dan un turno y te notificas en persona en la Plata si el porcentaje no es el que te corresponde tenés 20 días hábiles para apelar el mismo
Mis códigos jubilatorios correspondientes a la DGCyE y DIEPREGEP se encuentran desde hace seis meses a la espera de la jubilación definitiva. Una vez que el IPS se expida voy a cobrar el mismo monto de jubilación que percibo y retroactivo? Me jubile el 30/06/2013.
Buenas tardes. Al presentar el formulario de cese ordinario jub aut. No complete que sigo revistando en el cargo de Adultos como provisional. Me jubile por el titular Primaria. La pregunta es. Al no declarar ese cargo provisional lo pierdo? Muchas gracias . Saludos.
Me jubile por JAD en abril 2020 , se presentaron las certificaciones digitales y ya están todas firmadas, siempre en diegep trabaje Me falta el código definitivo , tanto demora? Que oficinas pasa? Cómo me entero que ya es definitiva para presentar formulario de extraña jurisdicción y actualizar lo no codificado? Gracias!!
Hola me jubile en 2018 en JAD y mi expediente esta en Archivo interno en DGCyE y me citaron para ir al consejo escolar.que significa.gracias