Desamparados. El verdadero funcionamiento de los organismos estatales de contención de la violencia en la provincia de Buenos Aires.

en El Aromo nº 63

a63_ges_pozzo¿Está haciendo algo el gobierno de Scioli para contener la violencia escolar? El gobernador dice que sí. Incluso, se crearon nuevos organismos. Bueno, aquí los analizamos. Vea cómo funcionan y agárrese la cabeza…

Gabriela Pozzo
Colaboradora del GES

Pergamino, General Pico, Morteros, Tornquist, Tres Arroyos, Villa Luzuriaga… En menos de un mes, en todas esas localidades, docentes y directivos sufrieron golpizas por parte de alumnos y familiares. Como hemos visto, uno de los reclamos impulsados por los gremios docentes se orienta a mejorar y extender herramientas tales como los Equipos de Orientación Escolar. Aquí, analizaremos el funcionamiento de los Servicios Locales de Promoción y Protección de los Derechos del Niño y del Adolescente, creados en el marco de la Ley nº 13.298/051 en 2006 en Buenos Aires. Podrá advertirse, una vez más, cómo el Estado no está dispuesto a brindarle a los docentes las herramientas adecuadas para prevenir e intervenir en casos de violencia. Veamos, entonces, cuáles son sus alcances y límites.

Un buzón

En toda la provincia, existen 25 Servicios Zonales -uno para cada región educativa- dependientes del Ministerio de Desarrollo Social. Los Servicios Locales, en cambio, tienen un área más acotada de influencia y dependen de cada municipio, con la intención de que las respuestas institucionales que den se adapten a los requerimientos propios de cada contexto. Se trata de un recurso con el que cuentan las escuelas para atender a aquellos alumnos cuyos derechos se encuentran vulnerados por diversas razones: deserción escolar, conflictos con la ley, abandono familiar, abusos, etc. Es decir, se orientan a trabajar con el alumnado más propenso a protagonizar situaciones de violencia.

Según la ley, estos servicios deberían estar funcionando en todos los municipios, garantizando su atención las 24 horas del día. A su vez, un equipo interdisciplinario debería estar a cargo de ellos, conformado, como mínimo, por un abogado, un psicólogo, un médico y un trabajador social. Por otra parte, el acceso a los cargos tendría que ser por concurso de antecedente y oposición, siendo un requisito que el personal cuente con una actuación no menor a tres años en cuestiones atinentes a niñez y familia.

Sin embargo, la realidad dista mucho de lo que la ley fija como obligatorio. Según un informe brindado a fines de 2010 por el Foro por los Derechos de la Niñez, la Adolescencia y la Juventud, la ley tiene una aplicación desigual en la provincia ya que no todos los municipios han creado Servicios Locales, siendo uno de los principales motivos la falta de financiamiento para incorporar profesionales a ellos. A su vez, esto conlleva a que el personal técnico no se conforme por concurso sino a través de “designaciones basadas en criterios tales como el reacomodo de personal municipal, el otorgamiento de “favores políticos”, la contratación precaria de profesional no idóneo”.2 Resulta algo paradójico que la aplicación de una ley “contra la vulneración de derechos” se intente cumplir a través de la vulneración de los derechos de los trabajadores, es decir, a través de la flexibilización y la precarización del empleo de quienes trabajan en los servicios.

No obstante, no se agota allí el incumplimiento de la normativa. También se infringe al no garantizarse la atención diaria en todos los municipios ni las guardias de 24 hs. Asimismo, los Servicios Locales supuestamente tienen como función “ejecutar los programas, planes, servicios y toda otra acción que tienda a prevenir, asistir, proteger, y/o restablecer los derechos del niño” (Art. nº 19). No obstante, es un secreto a voces que éstos se otorgan en forma discrecional a través del clientelismo político.

Desde el punto de vista de las escuelas, los Servicios Locales fueron recibidos con optimismo como un nuevo y específico ámbito al que recurrir. Así, la solicitud de intervención a los servicios no implicaría la pesada carga de realizar una denuncia, el aporte de pruebas o que el docente se exponga como denunciante, como ocurre en el ámbito policial. Sin embargo, de acuerdo al testimonio de algunos Orientadores Sociales, la relación entre las escuelas y los Servicios Locales “es lenta y poco comunicativa”. En ese sentido, si la escuela no se acerca al servicio para reclamar intervención y preguntar periódicamente cómo va la causa presentada, éste no responde. Ello se debe al problema que señalábamos antes: la carencia de personal profesionalizado (especialmente de trabajadores sociales) en el marco de una gran cantidad de demandas. Se adiciona la falta de recursos básicos como, por ejemplo, movilidad para poder llegar a los domicilios de los estudiantes que viven en zonas apartadas.

Si bien la violencia no podrá erradicarse de las escuelas en tanto se encuentre omnipresente en la sociedad, es claro que los docentes requieren de soportes para prevenir e intervenir de manera eficaz. A esta altura del partido, resulta evidente que el Estado sólo está dispuesto a declarar sus “buenas intenciones”.

Notas

1 Se trata de la Ley de Promoción y Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.
2 Síntesis del Informe del Foro por los derechos de la Niñez, la Adolescencia y la Juventud – Miembro del Consejo Consultivo Observatorio Social Legislativo, diciembre de 2010, p. 1.

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