Ibarra, Chabán, la tienen que pagar. El veredicto del juicio Cromañón y los límites de la Justicia burguesa – Gonzalo Sanz Cerbino

en El Aromo nº 50

1197055476_f Luego de un año de audiencias, el pasado 19 de agosto se conoció el  veredicto del Tribunal Oral nº 24 en el juicio Cromañón. La cobertura  periodística dedicó decenas de páginas y minutos de aire a señalar que no  se había hecho justicia. Pusieron el eje en la absolución de Callejeros,  dedicando poco espacio al verdadero problema: que luego de cuatro años  de proceso y uno de juicio, sólo se encontró responsables a dos  funcionarios menores del gobierno de Ibarra, que recibieron penas  irrisorias.

 ¿Es culpable Callejeros?

 Si sólo nos guiáramos por el veredicto del tribunal oral podría quedarnos  la errónea sensación de que la absolución de Callejeros estaba cantada.  Sin embargo, un recorrido por los cuatro años de proceso muestra lo contrario. Los jueces que intervinieron en la causa hicieron hasta lo imposible por llevar a la banda tras las rejas, acusándolos con los mismos cargos que al dueño del local. Si finalmente no lo hicieron, es porque no encontraron una sola prueba ni un sólo argumento que lo justifique. Por esta razón es que encontramos injusta la condena del “manager”. Veamos.
Los ejes de la acusación judicial eran dos. Por un lado, que Callejeros co-organizaba el recital junto a Chabán, y que, por lo tanto, era responsable de todas las fallas de seguridad del local. Por otro lado, se acusaba a Callejeros de permitir y alentar el uso de pirotecnia en el lugar, lo que constituye una suerte de complicidad con quienes son para la Justicia los responsables principales, quienes arrojaron las bengalas que provocaron el incendio.
Según la Justicia, Callejeros debía estar al tanto de las fallas de seguridad que tenía el boliche. Y que, sabiendo que no estaba en condiciones de funcionar, decidieron tocar igual, en “resguardo de su lucro”. Esto implicaba que Callejeros sabía (o debía saber, en tanto co-organizador), que la puerta de emergencia se encontraba cerrada con candado, que la habilitación sólo permitía el ingreso de 1.031 personas cuando el público superaba los 4 mil, y que había materiales inflamables en el techo. ¿Qué es lo que dice Callejeros sobre este punto? Que ellos no eran socios de Chabán, que sólo fueron a tocar y no conocían, ni tendrían por qué haber conocido, las condiciones de seguridad del boliche. Que Chabán les dijo que el boliche tenía capacidad para 4 mil personas y le creyeron. Que sabían de la existencia de incendios anteriores, pero que Chabán les garantizó que había colocado un revestimiento ignífugo en el techo.
En parte tienen razón. Callejeros no tenía incidencia ni poder de decisión sobre el funcionamiento de una actividad comercial que no era propia. Hay que preguntarse por qué habrían de sospechar de un boliche que hacía un año que funcionaba en el mismo lugar, en las mismas condiciones y con la misma cantidad de público. Hay que agregar que la banda todavía no tenía una trayectoria y un poder de convocatoria que le permitiera imponer condiciones a los dueños de los locales. La responsabilidad por estas cuestiones sólo le cabe al dueño del negocio, a quien lo explotaba comercialmente y a quienes debían controlarlo.
Por otro lado, se acusa a Callejeros de promover la utilización de bengalas. Con este argumento se presupone, en primer lugar, que las muertes de Cromañón son producto del uso de pirotecnia en un lugar cerrado, y de esta forma, su responsable es quien encendió la candela que produjo el incendio. Y por extensión, todos los que no hicieron nada para detenerlo. Es decir, Callejeros y su público. El argumento de la justicia lleva directamente a culpar a las víctimas. Las bengalas no son la causa del crimen, ya que el siniestro podría haberse iniciado de otra manera (un cortocircuito, un cigarrillo), o porque, de haber estado el lugar en condiciones, no hubiera habido incendio o se habría evacuado sin víctimas. Pero, más allá de este punto, las pruebas de que Callejeros haya promovido el uso de bengalas no eran contundentes.
Podemos aceptar que los miembros de la banda hayan tenido un comportamiento negligente, pero no mayor que el del resto de las bandas que tocan en todo el país. Y esto no los convierte en culpables. Hay que destacar, sin embargo, la actitud típicamente individualista del ambiente rockero: nunca se juntaron para exigir al Estado y a los empresarios un cambio en una estructura que las condena a ser los “perejiles” del negocio, que se bancan cualquier cosa con tal de “triunfar” y convertirse en “estrellas de rock”. Cromañón debiera marcar un antes y un después en relación a esta conciencia claramente burguesa de las bandas (por más que las letras abusen de un “radicalismo” puramente verbal). Juntarse, asumir al menos una conciencia corporativa como la que defiende el agrupamiento “Movimiento Unidos por el Rock”, debiera haber sido una conclusión lógica que, sin embargo, todavía se hace esperar. Aun así, este atraso político obvio no los convierte en culpables penales de nada, aunque sí en una expresión lamentable de la ideología burguesa.
Los argumentos que se esgrimieron en su contra son una construcción ideológica con dos objetivos no necesariamente concientes. Por un lado, borrar las culpas de la burguesía y del Estado burgués en el crimen. Tarea fundamental en los primeros meses de 2005, cuando todas las miradas estaban puestas sobre Ibarra. En segundo lugar, dividir al movimiento de padres, restándole, de esta forma, fuerza a su ofensiva. Lamentablemente, su objetivo fue en parte cumplido. La mejor prueba de ello es lo que sucedió luego de conocido el veredicto del tribunal oral: los padres enfrentándose a golpes con los sobrevivientes que defienden a Callejeros, y todo el mundo hablando de la banda cuando habría que preguntarse por qué no se han sancionado las responsabilidades del gobierno de Ibarra.

Ibarra y sus funcionarios

Que las responsabilidades de los funcionarios públicos no se hayan sancionado no es exclusiva responsabilidad del tribunal oral. Ese camino se inició durante el proceso, y son responsables todos los jueces que intervinieron en la causa. Durante los primeros meses de 2005, en sintonía con las masivas movilizaciones que demandaban justicia, la causa parecía avanzar sobre la responsabilidad de los funcionarios públicos. Sin embargo, a medida que las movilizaciones caían en convocatoria, la justicia comenzó a marcar la senda que terminaría en el veredicto del mes pasado.
El 22 de diciembre de 2005, un tribunal de segunda instancia revocó los procesamientos por homicidio culposo que pesaban sobre cinco de los funcionarios implicados. Justificaron la resolución señalando que “nada nos permite afirmar de manera determinante que en el supuesto de haber existido un comportamiento conforme a derecho por parte de los imputados, el resultado se hubiera evitado”. Es decir, que no había una conexión probada entre las fallas en el control de los locales de baile, de la que los funcionarios eran responsables, y lo sucedido en Cromañón. Los camaristas reconocieron que los ex funcionarios nunca controlaron de “manera efectiva y sistematizada a los locales de baile”, aunque tenían el deber de “garantizar la seguridad de los concurrentes”. Sin embargo, “pese a que la omisión de los funcionarios haya sido un factor que concurrió casualmente a la producción de los resultados de muerte y lesiones ocurridos el 30 de diciembre, ello no alcanza para imputar ese resultado”.
El 20 de abril del 2006, la Cámara revisó el fallo de los funcionarios que restaban. En esa oportunidad se dictó el sobreseimiento de Juan Carlos López, máximo responsable del área de inspecciones que respondía directamente a Ibarra. Los fundamentos del sobreseimiento de López se basaban en que el funcionario no tenía por qué saber de los incumplimientos en los que incurrían sus subordinados. Los jueces no tuvieron en cuenta elementos probatorios sólidos que mostraban que las máximas autoridades del cuerpo de inspectores estaban muy al tanto de lo que hacían sus subordinados. En primer lugar, que por el funcionamiento efectivo del área las decisiones sobre inspecciones y clausuras las tomaban las máximas autoridades. En segundo, que existieron, durante el año 2004, cientos de denuncias públicas sobre el deficiente control de los locales bailables. Denuncias de Defensoría, de la Legislatura, de jueces, de fundaciones privadas y de la prensa. Si las cosas no cambiaron se debió a decisiones políticas a las que Ibarra no podía ser ajeno.
Al determinar que López, el imputado de mayor jerarquía hasta ese momento, no tenía ninguna responsabilidad en lo sucedido, la posibilidad de avanzar sobre Ibarra se esfumaba. Y así sucedió el 7 de agosto de 2006, cuando se dictó un innecesario sobreseimiento para el ex Jefe de Gobierno, que no estaba procesado ni había sido llamado a declarar. En la resolución se desvinculó completamente a Ibarra de la causa, al considerar que éste había “descentralizado” las tareas de habilitación, seguridad y control de la actividad comercial, y que “no debía encargarse en forma personal del control sobre la actividad de locales bailables”. Desestimando la infinidad de avisos que el ex Jefe de Gobierno recibió sobre las irregularidades en las inspecciones, la justicia consideró que “nada le indicaba que sus inferiores incumplían dolosamente con los deberes a su cargo”. Según el fallo, de las miles de páginas que acumulaba ya el expediente, no surgían “elementos de prueba que permitan asegurar y demostrar que Aníbal Ibarra pudo reconocer el riesgo creado por Omar Emir Chabán”. Por lo tanto, “mal puede erigirse imputación alguna en su contra”.
En esas condiciones se llega al juicio oral. Al descartar que los riesgos generados por las inspecciones deficientes tuvieran relación con el crimen, y la responsabilidad de las autoridades del área sobre la actuación de sus subordinados, sólo tres funcionarios llegaron a juicio. De ellos, sólo dos fueron condenados, recibiendo penas irrisorias: dos años de prisión, el máximo contemplado por el cargo de incumplimiento de los deberes de funcionario público.

¿Qué intereses defiende la Justicia?

La impunidad en el caso Cromañón es consecuencia del funcionamiento de la justicia bajo el capitalismo. En primer lugar, de su lógica. La Justicia no puede escapar a una visión parcial de los hechos que juzga, aislada de la totalidad. Se maneja con una lógica que investiga y pena responsabilidades individuales sobre hechos criminales puntuales. Por eso no importa que todos los boliches de la Ciudad de Buenos Aires funcionaran en las mismas condiciones que Cromañón, ni que Chabán no actuara en forma diferente al conjunto de la clase a la que pertenece, la burguesía. La justicia sólo condenará a aquellos empresarios vinculados al local que se incendió. Lo mismo sucede con los funcionarios públicos: no importa que su acción haya generado las condiciones que permitieron la existencia de un local como Cromañón. Si no se prueba una relación directa con el incendio no se los culpará por este crimen, sino por el incumplimiento de sus deberes.
A su vez, el propio Código Penal los beneficia por la lógica de clase que lo atraviesa, en la cual a los delitos contra la propiedad se le reservan las máximas penas y a los delitos de los defensores de la propiedad, los funcionarios públicos, penas irrisorias. Un robo sin víctimas fatales puede ser penado con hasta 20 años de prisión, pero al incumplimiento de los deberes de un funcionario, aunque ocasione la muerte de 194 personas, no le corresponderán más de 2 años. El caso de los funcionarios responsables de Cromañón fue tan escandaloso que el propio tribunal oral recomendó al Poder Legislativo revisar y ampliar las penas por el delito con el que se los condenó.
Otro elemento que explica lo sucedido en este caso son los prejuicios de quienes actúan como jueces. En el caso Cromañón existían pruebas para acusar a los funcionarios, como demandaron los querellantes, con los mismos cargos que a Chabán. Sin embargo, a la hora de encuadrar su conducta existió cierta benevolencia que puede explicarse por el último elemento que mencionaremos. Este elemento es la injerencia del poder político sobre las decisiones de los jueces. Los jueces siempre miran de reojo las señales que provienen de la Casa Rosada. En cada causa importante, los jueces tienen en cuenta lo que espera de ellos el partido gobernante, que posee los mecanismos de presión para incidir sobre sus decisiones. Y en el caso Cromañón, el gobierno nacional siempre jugó en favor de Ibarra.

Deja una respuesta

Your email address will not be published.

*

Últimas novedades de El Aromo nº 50

Ir a Arriba