El caso Tejerina. Otro crimen social – Por Rosana López Rodriguez

en El Aromo n° 21

Por Rosana López Rodriguez

Grupo de Investigación de la Literatura Popular – CEICS

Autora de La Herencia. Cuentos Piqueteros

 

Los hechos
El calvario de Romina Tejerina, la joven jujeña que hoy tiene 21 años, se inició en agosto del año 2002, en su suelo natal, el pueblo de San Pedro, ubicado a 63 km. de la ciudad de Jujuy. A los 18 años debió atravesar por un embarazo no deseado, según ella, producto de una violación.
Durante el embarazo realizó varios intentos caseros de aborto, mientras ocultaba a los ojos de su entorno la situación en la que se encontraba. Finalmente, dio a luz en forma prematura, a los seis meses y medio de gestación, en el baño de su casa, el 23 de febrero de 2003. En medio de la desesperación, intenta matar a la beba. Su hermana descubre el hecho y lleva a la muchacha y a la beba al hospital, donde muere la pequeña.

Desde ese momento, Romina queda detenida en la Unidad nº 3 del Servicio Penitenciario de Jujuy, el Penal de Mujeres. Hace poco menos de un mes, después de un juicio oral y público, Romina fue condenada a 14 años de prisión, considerándose atenuantes el pasado de violencia familiar y la condición social de la acusada.
La acusación formal y el problema de fondo

La fiscal Liliana Fernández había solicitado cadena perpetua por homicidio agravado por el
vínculo. Su conducta, según la sentencia del juez Jorge Samman, no puede estar comprendida en ningún causal de inimputabilidad puesto que “tuvo intención homicida para con su hija antes del hecho, cuando quiso abortar en reiteradas oportunidades y también al momento del parto”. Nótese de paso que el fallo confirma, por esta vía, que el aborto es una forma de infanticidio. El eje de la defensa encarada tanto por la abogada de Romina, la doctora Mariana Vargas (y retomado por diversos organismos de defensa de derechos humanos y agrupaciones feministas) consistió en hacer hincapié en la presunta violación, buscando con ello sustentar la posibilidad de inimputabilidad por emoción violenta. La violación no resultó comprobada durante el juicio, razón por la cual toda la estrategia fracasó. Sirvió, en todo caso, como detonante de la indignación de amplias capas de la población ante el hecho que el presunto violador estaba suelto mientras Romina debía enfrentar largos años de cárcel.
El asunto de la violación merece un punto aparte. Es un argumento débil porque las violaciones son los casos más difíciles de comprobar: el varón siempre puede alegar consentimiento (como es el caso de Eduardo Vargas, el acusado por Romina) o provocación por parte de la víctima (como se evidenció en las preguntas que la fiscal y el jurado le hicieron a la pobre muchacha). El argumento se debilitó aún más porque fue denunciado después del infanticidio, cuando ya Romina estaba procesada, aunque todo el mundo sabe que la mayor parte de los casos no se denuncia: dos de cada diez, según las estadísticas. Se entiende también por qué: la violación es uno de los momentos más aberrantes que puede pasar una mujer; la vergüenza y el miedo se enseñorean de sus sentimientos, la sanción moral y el prejuicio aparecen ante cada paso que intenta
dar la mujer violada. Sin embargo, el problema de fondo es otro. Romina estaba condenada de todas maneras por una sociedad que abandona el problema de la reproducción humana a los individuos, en particular a las mujeres, a su suerte de clase. Como veremos, condenada no sólo por el estado que consagra esa división en clases, sino incluso por aquellos “feminismos” que debieran haberla defendido.
¿De qué fue víctima Romina?

Romina fue víctima del sometimiento del cuerpo femenino al orden patriarcal y burgués. En efecto, que se hubiera consumado o no la violación, que ello provocara un estado psicológico particular o que Romina quisiera o no quedar embarazada, no agregan ni quitan nada al problema de fondo, a saber, que la mujer no tiene derecho a la determinar la suerte de su propio cuerpo. Está claro que todo se agrava si Romina fue violada, si ese hecho le provocó un estado de emoción violenta y si ella no quería ser madre.
Pero aunque ninguna de esas cuestiones existiera, el problema seguiría siendo el mismo: el derecho a interrumpir un embarazo no deseado. El juicio, más allá de la suerte de la persona enjuiciada, es sobre el aborto, es decir, sobre la propiedad del cuerpo de la mujer. Y lo que se ha dicho es que la mujer no tiene derecho sobre su propio cuerpo.
Dos feminismos sin salida

Está claro que no existe derecho al infanticidio. Está claro también que en las condiciones sociales de chicas como Romina, es decir, de mujeres de la clase obrera, presuponer que se llega a ello como una elección libre y consciente, es un absurdo. Romina debiera estar libre, porque es inocente, y bajo tratamiento psicológico, porque va a necesitar mucha ayuda para superar el trance por el que pasó y que quedará marcado en su cabeza por el resto de su vida. La simple consideración de su condición social y de género habría bastado para sostener su inimputabilidad y el fallo se auto contradice al tomar como atenuante su historia familiar. No hace falta confirmar violación alguna para suponer que quien llega a esa situación, que la mujer educada como tal en esta sociedad patriarcal, no ha debido estar en “pleno uso de sus facultades mentales” al realizar el hecho. No lo está, ni antes ni después.
En efecto, antes que el juez, la ideología patriarcal ya había condenado a Romina. Una ideología que dice que, antes que persona, la mujer es madre. De allí a decir que la mujer es propiedad del hijo hay un solo paso. Con uno más, dado que el hijo es propiedad del padre, la mujer es propiedad del varón. No en vano, el supuesto violador de Romina pretendió que se realizara el análisis de ADN porque si el niño era suyo, él también quería constituirse en querellante contra la muchacha… Estos personajes tienen cómplices dentro del movimiento feminista, en particular, el feminismo de la diferencia, que reivindica la maternidad como un episodio que pone de manifiesto la capacidad de la mujer para conectarse con los “verdaderos valores humanos”: solidaridad, sacrificio, voluntad, bondad, etc. Los hombres serían incapaces, en principio, de alcanzarlos (a menos que desarrollen su “aspecto femenino”, “convirtiéndose” en “madres”). La feminización (cultural, social) del varón e sería un modo de curarlo de sus males.
La maternidad biológica (objetiva), entonces, no lleva en sí misma estos valores, sino que los mismos están dados por la “capacidad para la maternidad”. Si esa capacidad nos hace “buenas”, va de suyo que negar su posibilidad concreta (abortar o no desear la maternidad) nos convierte automáticamente en los seres más deleznables de la “creación”, peor incluso que los varones, puesto que al varón no se le puede exigir prima facie una actitud que la biología les ha negado. Esta corriente del feminismo condenaría sin contemplaciones a Romina Tejerina, luego de contribuir a desarrollar y mantener toda la mitología del patriarcado que la llevó hasta la cárcel. Hasta el feminismo de la igualdad liberal parece mejor, pues sobre la base de la reivindicación de los derechos individuales de la mujer, su perspectiva resulta más progresiva que la anterior. La “posible madre” tiene derechos preexistentes a los del feto. Asimismo, ese feto sólo lleva en sí la posibilidad de vida, pues no puede sobrevivir sin la voluntad y el deseo de la mujer en la cual ha sido concebido. Es un proyecto de vida, no una vida independiente y, en ese sentido, da por tierra con la concepción de la mujer como “incubadora obligatoria” y, por supuesto, con el mito de la “semillita” (plantada en la “maceta”).
Pareciera, entonces que el pensamiento “progresista” del feminismo liberal podría ofrecer una salida a la compañera jujeña y a todas aquellas en su condición. No obstante, no sólo no lo hizo, sino que eliminó una posibilidad concreta de inimputabilidad. Sucede que la ideología patriarcal (y su correlato invertido, el feminismo de la diferencia) tiene, como todas las ideologías, contradicciones. Una de ellas sostiene que, como las mujeres nacen para ser madres, no puede suceder que una madre mate a su hija/o conscientemente. Si lo hizo, contrariando su “naturaleza”, algo debió haberla perturbado seriamente, algo debió “sacarla de sí”, debió haberla privado de su “sano juicio”. La defensa, sin embargo, no contó con la figura legal que sostenía este prejuicio. Fue derogada inmediatamente después de realizada la Convención Constituyente de 1994. Dicha figura es la de “infanticidio en estado puerperal”. Como esa reforma daba jerarquía constitucional a la Convención de los
Derechos del Niño, los legisladores consideraron una contradicción interpretar como atenuante de un infanticidio, la situación biológica y psicológica de la parturienta. Se plantearon, incluso, dudas “científicas” que cuestionaron la existencia de un “estado puerperal”. El Congreso derogó el artículo 81, inc. 2º del Código Penal:
“Se impondrá de uno (1) a seis (6) años (de prisión) a la madre que para ocultar su deshonra, matare a su hijo durante el nacimiento o mientras se encontrare bajo la influencia del estado puerperal.”

 

El senador Eduardo Laferriere propuso la derogación de la figura de infanticidio, mientras que la Cámara de Diputados intentó agravar las penas, pero no sin homologar esa figura con la de homicidio. Los senadores ganaron la partida: con una mentalidad “progresis-ta”, típicamente burguesa, argumentaron que hoy en día el parto no compromete la honra ni el honor de la mujer, sino que, inclusive, puede ser motivo de orgullo. Argumento perfecto desde el punto de vista del feminismo burgués de la igualdad, que pretende que si la ley dice que somos iguales, lo somos. Incluso, merecería el aplauso del feminismo posmoderno, que cree que eliminando el discurso patriarcal se elimina el patriarcado. Hasta Eugenio Zaffaroni mostró en aquel momento un pensamiento más progresivo que los legisladores y que estas feministas, cuando cuestionó la derogación, comentando que esa figura le había permitido, más allá del anacronismo que implica la presencia del tema
de la honra, que muchas mujeres que había defendido pudieran ser liberadas, teniendo en
cuenta la ausencia de una ley de salud reproductiva, la prohibición del aborto, la ausencia de educación sexual y la renuencia (histórica, patriarcal) de los varones a hacerse responsables por la reproducción.
Ambos feminismos se demuestran como ideologías reaccionarias, incapaces de servir de sustento real a la lucha por la emancipación de la mujer, porque ésta se resume en el problema más general de la emancipación del género humano. Por eso, el problema de la maternidad en la sociedad actual debe pensarse desde otra perspectiva.
El problema de la reproducción social de la vida

En el capitalismo, la producción y reproducción de la vida han sido privatizadas. No aparecen como problemas sociales, a pesar de que la vida es un hecho social, sino como preocupación de individuos particulares. Queda claro que las posibilidades de enfrentar la reproducción de la vida, con mejores o peores armas, dependen de la propiedad privada que esos individuos posean en tanto tales. Así, vuelve a ponerse sobre el tapete la diferencia de clase entre las mujeres de la burguesía y las obreras. En un contexto social en el cual la mujer obrera no puede elegir entre tener o no un hijo, entre abortar un embarazo no
deseado o no hacerlo; en el cual debe hacerlo sobreviviendo a las presiones y prejuicios de su medio (ser madre soltera es aún hoy un estigma, en especial en un pueblo de provincia); en el que deberá criar a ese hijo en condiciones económicas miserables o al menos muy difíciles; en el que tendrá que enfrentar los reproches de “mala madre” si decidiera entregarlo en adopción o, peor aún, “monstruo”, si decidiera abandonarlo; en ese contexto, el juicio de la sociedad burguesa no puede ser considerado otra cosa que hipocresía. La sociedad que destruye la familia obrera, que envía a la tumba miles de niños que mueren
antes del año de vida por causas ligadas a la mal nutrición y la pobreza, no tiene derecho a hablar de vida, ni de familia ni de valores humanos.
En realidad, Romina es una víctima de un embarazo no deseado en el contexto de una sociedad que la obligó a parir por su posición de clase. La subordinación de género se verificó durante el proceso que se le siguió: si la chica iba a bailar, si usaba minifalda. En suma, la víctima (de presunta violación, de embarazo no deseado) convertida en seductora victimaria. Desde el inicio fue puesta en tela de juicio su moralidad y su responsabilidad de haber sido violada: el “por algo será” que vuelve una y otra vez… Romina Tejerina constituye un caso que muestra cómo la situación de clase y la pertenencia de género se
combinan y potencian. Por su posición social, Romina no pudo escapar a sus condicionamientos. No deseaba ser madre, más allá de que la violación se haya llevado a cabo o no, en una sociedad en la cual la ideología de la maternidad es muy eficaz. Ideología que sanciona que las mujeres nacemos para ser madres, cuando en realidad, nos educan para serlo. Ideología que sospecha de las mujeres que no quieren ser madres, pero que además, sanciona moral y legalmente a aquellas que habiendo concebido, deciden abortar. La anticoncepción estaría, muy probable mente, lejana del conocimiento de la vida y de la
experiencia de clase de una chica como Romina.
Imposible en el caso de que el embarazo hubiera sido producto de una violación. Ocultar el embarazo y parir en el baño de su casa son pruebas de cómo los prejuicios morales oprimen y subordinan. Si Romina fuera burguesa, habría contado con una situación económica, social y mental que le habría permitido abortar o enfrentar el asunto en otras condiciones. Ella no contó con ninguna de esas posibilidades. Pero entonces, ¿quién mató a esa pobre niña? ¿Tenía Romina derecho a matarla? Algunas feministas prefieren eludir la pregunta, suponiendo que así evitan un ataque al feminismo. No hay que hacerlo. Si no hay que olvidar que una compañera, que una hermana de clase ha ido a la cárcel por un crimen que no cometió, tampoco hay que olvidar que una compañerita, una hermanita de clase ha muerto. Ese crimen también será vengado algún día. Lo único que decimos es que se
ha castigado a una inocente, porque el criminal es el capitalismo. Romina fue simplemente el chivo expiatorio de un nuevo crimen social, cuya única justicia se llama socialismo. Necesitamos un feminismo a esa altura.

Deja una respuesta

Your email address will not be published.

*

Últimas novedades de El Aromo n° 21

El robo del siglo

Como venimos explicando, el gobierno de los Fernández es un gobierno de
Ir a Arriba