Dictadores de cuello blanco. El caso de Jaime Smart y la responsabilidad de civiles y militares

en El Aromo nº 47

2010938w645Por Julieta Pacheco
Grupo de investigación de la lucha de clases en los ‘70

Los juicios a los represores son, desde 2004, uno de los soportes de la política oficial de Derechos Humanos. Ya hemos denunciado su utilización política por parte el gobierno, la lentitud de los procesos y las innumerables trabas impuestas a los querellantes por el poder judicial.1 Asimismo, hemos destacado que, sin salirse del marco de la teoría de los dos demonios, esta política nada hace para detectar y enjuiciar a todos los civiles que avalaron, propiciaron y allanaron el camino para el accionar de las Fuerzas Armadas.
La confirmación del procesamiento y la revocación de la prisión domiciliaria del ex Juez Federal Jaime Smart, parecería revertir esta tendencia. Smart fue ministro del ex gobernador bonaerense General Ibérico Saint Jean y ambos son considerados jefes del entonces cabecilla de la policía de la provincia, Ramón Camps y, por ende, responsables del circuito de los 29 centros clandestinos por él regenteados (el llamado “Circuito Camps”).
Las relaciones entre Smart y las Fuerzas Armadas datan del período del Onganiato, en el cual fue ascendido de secretario de juzgado a fiscal y, bajo el gobierno de Levingston, promovido a juez de la Cámara Federal en lo Penal, conocida en la época como el “Camarón”. Durante el gobierno de Cámpora, los funcionarios que componían la Cámara fueron cesanteados. Sin embargo, en 1976, varios de estos civiles retornaron a ocupar cargos en el poder público, entre ellos Jaime Smart, quien ejerció funciones hasta 1983. Restaurada la democracia, se desempeñó en la actividad privada y fue defensor de Samuel Miara, el apropiador de los mellizos Reggiardo-Tolosa así como del represor Albano Harguindeguy.2
En el 2007, durante el juicio a Von Wernich, fue denunciado por Héctor Timerman, hijo de Jacobo Timerman, director del diario La Opinión. A pesar de que el abogado Alejo Ramos Padilla, pidió la detención de varios miembros del ámbito civil, hasta ahora Smart es el único procesado por este caso y, además, por el secuestro y desaparición del abogado Rodolfo Gutiérrez, ocurrido en 1978, en la localidad de San Isidro.3

En el mismo lodo

Al revés de lo que pretende el imaginario alfonsinista, cuando los militares tomaban el poder, no desplazaban a todos los civiles. En realidad, en el período 1958-1983 lo que se observa es una tendencia a que el fuero civil aumente su competencia en los delitos calificados como “subversivos”, acompañando la injerencia militar en éste ámbito.
Sin embargo, bajo el gobierno de Onganía, al incrementarse la proscripción de actividades políticas y la prohibición y persecución de todo tipo de actividad gremial, y al aumentar la represión de dichas actividades, se produce un desfasaje entre ambos fueros. Junto a las fuerzas militares, la Policía Federal a través de la Superintendencia de Coordinación Federal, aumentó su intervención, cobrando un mayor protagonismo como órgano encargado de los “conflictos subversivos”. En este marco no se verifica la constitución de un aparato jurídico específico para el tratamiento de estos casos. Así, entre 1966 y 1971 se mantuvo la contradicción entre el intento de mantener vigente la Constitución y la promoción de la presencia militar en los asuntos civiles. En términos estrictos, esto se manifestó mediante la creación del Consejo de Seguridad Nacional (CONASE), organismo que formaba parte de la Ley de Defensa Nacional, en el que participaban las Fuerzas Armadas y los organismos de inteligencia, como la SIDE.
Para saldar este desfasaje, en mayo de 1971, el Ministro de Justicia de Lanusse, Jaime Perriaux creó el ya mencionado “Camarón”4, bajo la ley 19.053. Este tribunal, poseía jurisdicción nacional y su objetivo era dar un lugar específico dentro del ámbito del sistema judicial al enjuiciamiento de los delitos considerados “subversivos”. De este modo, la constitución de esta Cámara vendría a promover la institucionalización de la intervención del fuero civil en este tipo de delitos.
A pesar de que el “Camarón” se jactaba de realizar un juicio limpio y justo a los detenidos, esta situación lejos de ser real se contradecía con las denuncias de torturas en las comisarías. Si bien, en 1973, con el gobierno de Héctor J. Cámpora, se dictó la ley 20.508, de Amnistía para todos los presos políticos y por Ley 25.510 se eliminó el “Camarón” y se cesanteó a los magistrados y funcionarios que la integraron, en 1976 muchos de ellos volvieron a ocupar cargos.5 Finalmente, volveremos a encontrar a muchos de estos funcionarios en toda la etapa democrática posterior a 1983.

Más de lo mismo

Como la historia demuestra la división entre los fueros civiles y los fueros militares es meramente formal. El Estado, más allá de los regímenes, mantuvo estable una importante cantidad de funcionarios, en este caso del ámbito judicial. La vigencia del acuerdo de muchos civiles con la represión ejercida durante la dictadura se manifestó en el apoyo que recibió Smart por parte de sus colegas. El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, la Asociación de Abogados Penalistas de Buenos Aires y el Consorcio de Abogados Católicos, al enterarse en mayo de 2008 del procesamiento de Jaime Smart, publicaron solicitadas en su defensa en el diario La Nación.6
De este modo, llevar a fondo la búsqueda de responsabilidades en el ámbito de la jurisprudencia a nivel nacional implicaría sumar miles de personas al total de 1.237 militares ya involucradas con los juicios de lesa humanidad.7 Dudosamente el Kirchnerismo se atreva a tanto, pero lo importante es que esta nueva maniobra oculta que los juicios enfocan las responsabilidades individuales del personal político del Estado y no el protagonismo colectivo de la clase dominante. Dicho de otra manera: nuevos perejiles ocupan el primer plano, pero la burguesía sigue mandando, en las sombras, como siempre.

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1Grenat, Stella: “No hay militares presos y persiguen a quienes militamos”, en El Aromo nº 39, año V, noviembre-diciembre de 2007 y Grenat, Stella: “En idénticas manos. El programa de las Madres para la ESMA”, en El Aromo nº 41, año VI, marzo-abril de 2008.
2http://www.pagina12.com.ar.
3http://www.pagina12.com.ar. También se pidió el procesamiento de Roberto Durrieu, ex viceministro de Justicia de Videla y fiscal de Estado bonaerense durante la dictadura; la del ex subsecretario de Asuntos Institucionales bonaerense, Edgardo Frola; la del ex fiscal bonaerense Alberto Rodríguez Varela; la del ex presidente del Banco Provincia Roberto Bullrich; la de Héctor Munilla Lacasa, ex subsecretario de justicia de la provincia de Buenos Aires y la del ex subsecretario de Gobierno, Juan María Torino Olivieri.
4La Sala Primera estuvo conformada por Ernesto Ure, Juan Carlos Díaz Reynolds y Carlos María Malbrán. La Sala Segunda fue compuesta por César Black, Eduardo Munilla Lacasa y Jaime Smart y la Sala Tercera fue integrada por Jorge Quiroga, Mario Fernández Badesich y Tomás Barrera Aguirre, quien luego fue jubilado y reemplazado por el Esteban Vergara. Como fiscales se desempeñaron Jorge González Novillo, Gabino Salas y Osvaldo Fassi. Ver: http://www.portaldeseguridad.com.
5http://www.portaldeseguridad.com.
6Ver: http://www.lanacion.com.ar.
7De este total 2 fueron absueltos, 191 fallecieron, 16 fueron declarados incapaces, 44 fueron condenados, 386 fueron procesadas con prisión preventiva, 274 fueron denunciados, 35 fueron indagados, 44 se encuentran prófugos, 15 fueron sobreseídos, 97 fueron encontrados con falta de mérito y 133 fueron procesados sin prisión preventiva. http://www.cels.org.ar.

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